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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Martes, 26 de enero de 2021 Pág. 4623

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (PO 911/2018).

Yo, Paloma Recalde Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 911/2018 de este juzgado de lo social, seguido contra la empresa Varaderos Lazareto, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva se adjunta:

«A Coruña, 4 de diciembre de 2020.

Miguel Herrero Liaño, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2, tras haber visto el presente procedimiento ordinario 911/2018 a instancia de José Manuel Barbeito Galmán, que comparece por sí mismo asistido del letrado José Manuel Vale Raña a través del sistema de videoconferencia, contra Varaderos Lazareto, S.L., que no comparece pese a constar citado en legal forma.

En nombre del rey, ha pronunciado la siguiente sentencia:

Fallo que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por José Barbeito Galmán frente a Varaderos Lazareto, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 1.142,73 euros.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia. Adviértase al recurrente que fuera entidad gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de seguridad social de pago periódico que, al anunciar el recurso, deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o mutua patronal que hubiese sido condenada al pago de una pensión de seguridad social de carácter periódico, deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el juzgado.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Para que sirva de notificación en legal forma a Varaderos Lazareto, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de diciembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia