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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 25 de enero de 2021 Pág. 4394

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (180/2018).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 180/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra Grupo Blanco 981 Servicios, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente Resolución de 16.12.2020 en cuyo fallo consta:

«Fallo.

Se estima la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción frente a la empresa Grupo Blanco 981 Servicios, S.L. y, en consecuencia, se condena a la empresa Grupo Blanco 981 Servicios, S.L. a abonar a la Fundación Laboral de la Construcción la cantidad de cien euros con cincuenta y seis céntimos de euro (100,56 euros) en concepto de aportación a la indicada fundación, incluido recargo por mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Publicación. Leída y publicada ha sido la presente sentencia por el juez que la dictó en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Grupo Blanco 981 Servicios, S.L. expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 21 de diciembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia