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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Jueves, 21 de enero de 2021 Pág. 3758

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (913/2018).

Paloma Recalde Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado Social nº2 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento 913/2018 de este juzgado de lo social se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda que, en materia de cantidad, ha sido interpuesta por María Salomé Veiga Otero, Jesús Pampín Recouso, Juan Carlos Remuiñan Mosquera, Ricardo Remuiñan Couto, Juan Carlos Ruibal Suárez, Ignacio Martín Rodríguez Díaz y Constante Rey Pedrouzo frente a Viriato, S.A., Cestaños, S.A., y Alameda de Órdenes, S.L., con intervención procesal del Fogasa y la Administración concursal de Viriato, S.A., y en consecuencia, condeno solidariamente a Viriato, S.A., Cestaños, S.A., y Alameda de Órdenes, S.L., a abonar las siguientes cantidades:

– A María Salomé Veiga Otero: 8.817,59 euros.

CVE-:

– A Jesús Pampín Recouso: 17.876,31 euros -A Juan Carlos Remuiñan Mosquera: 4.204 euros.

– A Jesús Pampín Recouso: 17.876,31 euros.

– A Jesús Pampín Recouso: 17.876,31 euros.

– A Juan Carlos Remuiñan Mosquera: 4.204 euros.

– A Ricardo Remuiñan Couto: 7.782,60 euros.

– A Juan Carlos Ruibal Suárez: 7.368,58 euros.

– A Ignacio Martín Rodríguez Díaz: 28.429,86 euros.

– A Constante Rey Pedrouzo: 17.449,43 euros.

Tales cantidades habrán de incrementarse con el interés del artículo 29.3 del ET en cuanto a los conceptos salariales.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, o por simple manifestación en el momento en que se practique la notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cestaños, S.A. y Viriato, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 17 de diciembre de 2020

La letrada de la Administración justicia