Yo, Paloma Recalde Álvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento 754/18 de este juzgado de lo social se ha dictado la siguiente resolución, cuyo fallo es el siguiente:
Fallo que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Érika Pérez Martínez frente a Lago Gómez, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 1107,89 euros, que se incrementará con los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe recurso.
Remítase el original al libro de sentencias, dejando testimonio en autos.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Lago Gómez, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DOG.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 17 de diciembre de 2020
La letrada de la Administración de justicia