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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Miércoles, 2 de diciembre de 2020 Pág. 47659

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (116/2020).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 116/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Estefanía Moreira Casanova contra Renuevate Gestión de Construcción, S.L.U., Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 14.9.2020 en cuyo fallo consta lo siguiente:

«Fallo:

Se estima la demanda formulada por Estefanía Moreira Casanova frente a la empresa Renuevate Gestión de Construcción, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se declara improcedente el despido efectuado por la demandada Renuevate Gestión de Construcción, S.L. a la trabajadora.

– Se condena a la empresa Renuevate Gestión de Construcción, S.L. a que en el plazo de cinco (5) días desde la notificación de la sentencia opte entre la readmisión de la actora o el abono de una indemnización de 768,35 euros, determinado el abono de dicha indemnización la extinción del contrato de trabajo; en el caso de optar por la readmisión, deberá abonar los salarios de tramitación a razón de 55,88 euros diarios.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Publicación. Leída y publicada ha sido la presente sentencia por el juez que la dictó en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Renuevate Gestión de Construcción, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 11 de noviembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia