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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Martes, 1 de diciembre de 2020 Pág. 47346

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Empleo e Igualdad

ORDEN de 16 de noviembre de 2020 por la que se procede al cese y nombramiento de miembros del Consejo Gallego de Cooperativas.

El Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regula la organización y el funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas, en desarrollo de las previsiones contenidas en su norma de creación, la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, regula en su artículo 4 la composición del Consejo; en el artículo 5, el procedimiento de nombramiento y cese de sus miembros, y en el artículo 6, la duración del mandato y sustituciones.

Los actuales miembros del Consejo Gallego de Cooperativas fueron nombrados por la Orden de 16 de octubre de 2017 por la que se procede al nombramiento de miembros del Consejo Gallego de Cooperativas, y por las órdenes de 27 de junio de 2018, de 4 de septiembre de 2018, de 7 de noviembre de 2019 y de 2 de marzo de 2020 por las que se procede al cese y nombramiento de miembros del Consejo Gallego de Cooperativas.

Los cambios de adscripción producidos en la Consellería de Empleo e Igualdad y en la Consellería de Cultura, Educación y Universidad hacen necesario sustituir a las personas titulares representantes de dichas consellerías.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y de su Presidencia, y el artículo 5 del Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas,

RESUELVO:

Primero

Que cese Pablo Casal Espido como vocal titular en representación de la Consellería de Empleo e Igualdad y José Manuel Pinal Rodríguez como vocal titular en representación de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.

Segundo

Nombrar a José Ramón Pardo Cabarcos como vocal titular en representación de la Consellería de Empleo e Igualdad y a José Luis Mira Lema como vocal titular en representación de la Consellería de Cultura, Educación y Universidad.

Contra esta orden se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la conselleira de Empleo e Igualdad en el plazo de un (1) mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 16 de noviembre de 2020

Mª Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Empleo e Igualdad