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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Viernes, 27 de noviembre de 2020 Pág. 46897

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

EXTRACTO de la Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa I microempresas, de mantenimiento del empleo y la actividad económica de las microempresas de Galicia más afectadas por la COVID 19 (TR400B) y del Programa II hostelería, de apoyo al sector de la hostelería (TR400C), y se procede a su convocatoria para 2020. Programa II (código de procedimiento TR400C).

BDNS (Identif.): 535901.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser personas o entidades beneficiarias las personas trabajadoras autónomas persona física, o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, las microempresas, pymes del sector de la hostelería, también se consideran dentro del sector de la hostelería los hoteles, hostales, casas rurales y otros tipos de alojamientos que cumplan estos requisitos:

– Tener domicilio fiscal en Galicia.

– Estar afectado por los supuestos de cierre del establecimiento o de cierre perimetral del ayuntamiento en los que se sitúen los hoteles, hostales, casas rurales y otros tipos de alojamientos, dictados por la autoridad sanitaria de la Xunta de Galicia en las órdenes que se relacionan:

– Orden de la Consellería de Sanidad de 7 de octubre de 2020 por la que se establecen determinadas medidas de prevención como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 en las comarcas de Allariz-Maceda, O Carballiño, Ourense, O Ribeiro, Valdeorras y Verín, en la provincia de Ourense (DOG núm. 203-Bis, de 7 de octubre).

– Orden de la Consellería de Sanidad de 4 de noviembre de 2020 por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 223-Bis, de 4 de noviembre).

– Orden de la Consellería de Sanidad de 8 de noviembre de 2020 por la que se modifica la Orden de 4 de noviembre de 2020 por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 230-Bis, de 13 de noviembre).

– Orden de la Consellería de Sanidad de 13 de noviembre de 2020 por la que se modifica la Orden de 4 de noviembre de 2020 por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 230-Bis, de 13 de noviembre).

O en cualquier otra orden o disposición dictada por la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia en esta materia hasta el final del plazo de solicitudes.

– Tener cerrada la actividad durante un mínimo de dos semanas. Se entenderá que está afectada por el cierre aquella actividad económica que no permita el consumo de los clientes dentro del establecimiento o en las terrazas del mismo.

3. No podrán tener la condición de beneficiarias las empresas en que concurra alguna del resto de circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007.

Segundo. Objeto

Este programa tiene por objeto apoyar a las personas trabajadoras autónomas persona física o con personal contratado por cuenta ajena a su cargo, las microempresas, pymes cualquiera que sea su forma jurídica y que pertenezcan al sector de la hostelería y que se vean afectadas por el cierre conforme a la normativa dictada por las autoridades sanitarias.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 26 de noviembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa I microempresas, de mantenimiento del empleo y la actividad económica de las microempresas de Galicia más afectadas por la COVID 19 (TR400B) y del Programa II hostelería, de apoyo al sector de la hostelería (TR400C), y se procede a su convocatoria para 2020. Programa II (código de procedimiento TR400C).

Cuarto. Importe

Para a concesión de estas ayudas se destinan diecisiete millones de euros (17.000.000 €).

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, que establece un período mínimo de un mes.

Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 2020

Mª Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Empleo e Igualdad