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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Viernes, 13 de noviembre de 2020 Pág. 45175

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 20 de octubre de 2020, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Veciñais en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 25 de mayo de 2020 relativa a la revisión de esbozo del monte vecinal en mano común Comunal de A Gudiña, en el ayuntamiento de A Gudiña.

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común adoptó el siguiente acuerdo, basándose en los hechos y consideraciones legales que a continuación se exponen:

Hechos:

Primero. En fecha 28 de marzo de 2018 el presidente de la CMVMC de A Gudiña presentó un escrito en el registro de la Jefatura Territorial de la Consellería del Medio Rural en Ourense (nº 1646/793454) para que fuera aceptada la revisión del esbozo del MVMC Comunal de A Gudiña.

Con la solicitud se presentó el documento de la propuesta de revisión de esbozo realizado por la empresa Braña, S.C.L., así como una certificación del acuerdo de la asamblea general de 14 de diciembre de 2017 de aprobación de la citada propuesta.

Segundo. El día 31 de julio de 2018 el Servicio de Montes emitió informe favorable sobre la solicitud realizada por la citada comunidad en el perímetro límite con propiedades particulares, pero sujeto a que se aclarasen ciertos extremos:

En primer lugar, la línea perimetral propuesta no se ajusta en algunos casos a la cartografía catastral, por lo que, de acuerdo con la Ley 13/2015, de 24 de junio, de reforma de la Ley hipotecaria y de la Ley del catastro inmobiliario, el solicitante deberá remitir el correspondiente informe de validación gráfica positivo de su representación gráfica georreferenciada alternativa, emitido por la Dirección General del Catastro.

En segundo lugar, en la propuesta se incluyen partes de las parcelas catastrales nº 223, 342, 453, 5035 y 5087 del polígono 501. Estas parcelas proceden de la concentración parcelaria en la zona y los terrenos incluidos no se ajustan a la cartografía catastral, por lo que el solicitante deberá también remitir el informe de validación gráfica positivo de su representación gráfica georreferenciada alternativa.

Tercero. En la propuesta se incluyen terrenos ocupados por diversas infraestructuras viarias: autovía y carreteras de titularidad estatal, autonómica y local que se considera que actualmente forman parte del dominio público y no tengan la consideración de monte vecinal. En la propuesta de revisión de esbozo sí vienen reflejados los terrenos expropiados por ADIF para las obras de construcción de la plataforma de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Galicia.

Cuarto. De acuerdo con lo expuesto, el Jurado acordó con fecha 1 de agosto de 2018 que se requiriera al solicitante la presentación de los informes de validación gráfica positivo de su representación gráfica georreferenciada alternativa citados antes de tomar una decisión definitiva.

Quinto. La citada documentación fue presentada por la CMVMC de A Gudiña en varios escritos con fechas 7 de febrero de 2019, 27 de junio de 2019 y 25 de octubre de 2019.

Sexto. Presentada toda la documentación requerida, el Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense emitió un nuevo informe el día 29 de octubre de 2019.

Consideraciones legales y técnicas:

Único. La Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, en su disposición transitoria decimotercera, establece el procedimiento de revisión de esbozo de montes vecinales en mano común.

De acuerdo con la misma, los esbozos de montes vecinales integrados en un expediente que, por su antigüedad, no reúnan las características de fiabilidad y precisión que exigen las nuevas técnicas topográficas podrán ser objeto de revisión ajustándose y completándose con aquellos datos y documentos que se consideren necesarios, en particular los requeridos para su inmatriculación en el Registro de la Propiedad.

Según consta en el informe del Servicio de Montes del día 29 de octubre de 2019, se entiende que la propuesta únicamente debe afectar a los terrenos que fueron clasificados en el año 1976 por ajustarse estos a los criterios de antigüedad y falta de fiabilidad y precisión referidos en el punto 1 de la citada disposición transitoria decimotercera. Para los terrenos clasificados en el año 2013 se considera más adecuado el procedimiento de deslinde fijado en el artículo 54 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

Por lo demás, en la propuesta se incluyen terrenos ocupados por diversas infraestructuras viarias: autovía y carreteras de titularidad estatal, autonómica y local que se considera que actualmente forman parte del dominio público y no tengan la consideración de monte vecinal. En la propuesta de revisión de esbozo sí vienen reflejados los terrenos expropiados por ADIF para las obras de construcción de la plataforma de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Galicia.

Presentada la documentación requerida, el Servicio de Montes propuso la revisión de esbozo del MVMC A Gudiña en el que afecta a los terrenos clasificados por el Jurado Provincial en fecha 25 de junio de 1976. La citada propuesta en ningún caso supone una alteración de la clasificación existente, sino que se limita a concretar con mayor precisión el esbozo del citado monte vecinal, de acuerdo con lo señalado en la disposición transitoria decimotercera de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de acuerdo con la propuesta del Servicio de Montes de fecha 29 de octubre de 2019, acordó por unanimidad el día 6 de noviembre de 2019:

Aprobar la propuesta de revisión esbozo del monte vecinal en mano común Comunal de A Gudiña, en el ayuntamiento de A Gudiña.

Ourense, 20 de octubre de 2020

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Ourense