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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Martes, 10 de noviembre de 2020 Pág. 44641

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2020, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez (expediente-e IN407A 2020/77-1).

Expediente-e: IN407A 2020/77-1.

Promotora: E-Distribución Redes Digitales, S.L.

Denominación de la instalación: renovación de celdas MT del CT Magdalena I + LMTS salida alimentación CT Magdalena II.

Ayuntamiento: As Pontes de García Rodríguez.

Hechos:

1. El 6.42020, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada. Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado renovación de celdas MT del CT Magdalena I + LMTS salida alimentación CT Magdalena II, firmado por Ramón Gómez Morandeira, ingeniero industrial, nº colegiado 1.304 el 23.3.2020, con nº de visado 20200745 de 25.3.2020.

– Anexo modificado a proyecto técnico de renovación de celdas MT del CT Magdalena I + LMTS salida alimentación CT Magdalena II, firmado por Ramón Gómez Morandeira, ingeniero industrial, nº colegiado 1.304 el 16.6.2020, con nº de visado 20201494 de 23.6.2020.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, de acuerdo con el artículo 38 de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se les dio traslado a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general, de una separata del proyecto en la parte que la instalación había podido afectar a bienes y derechos a su cargo, conteniendo las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente.

E-Distribución Redes Digitales, S.L. presentó separata del proyecto para el Ayuntamiento de As Pontes.

E-Distribución Redes Digitales, S.L. manifestó su conformidad con los condicionados emitidos por el Ayuntamiento de As Pontes en relación con la separata del proyecto.

E-Distribución Redes Digitales, S.L. presentó separatas del anexo modificado del proyecto para el Ayuntamiento de As Pontes y R Cable y Telecable Telecomunicaciones, S.A.U.

E-Distribución Redes Digitales, S.L. manifestó su conformidad con el condicionado emitido por R Cable y Telecable Telecomunicaciones, S.A.U. en relación con la separata del anexo modificado del proyecto.

No consta en el expediente contestación del Ayuntamiento de As Pontes a la solicitud de condicionado del anexo modificado del proyecto.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente de acuerdo con lo establecido en el artículo 66.a) del Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, conforme a la disposición transitoria tercera del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

2. La legislación aplicable a este expediente es:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

Reforma del CT Magdalena I ( IN407A 2016/1399-1): sustitución de las celdas existentes al aire por celdas aisladas SF6 configuración 3L+3P.

Cambio de conductor de la LMTS de 20 kV, 318,36 m de longitud, origen en celda de salida en el CT Magdalena I y final en el CT Magdalena II a 3 x ( RH5 Z1 12/20 kV de sección 240 mm2 Al).

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se le notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 8 de octubre de 2020

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

Disposición transitoria tercera del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia.