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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Viernes, 6 de noviembre de 2020 Pág. 44378

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 23 de octubre de 2020, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por el que se da publicidad de la Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Dirección General de Desarrollo Rural, que modifica el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Oroso (A Cañiza, Pontevedra).

El 2 de octubre de 2020 la directora general de Desarrollo Rural dictó resolución de modificación del Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Oroso (A Cañiza-Pontevedra), que se transcribe a continuación:

«El Acuerdo de la zona de concentración parcelaria de Oroso (A Cañiza-Pontevedra) aprobado por la dirección general competente en la materia con fecha 6 de agosto de 2001, encontrándose en la actualidad pendiente de declaración de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de A Cañiza solicitó la cesión de la titularidad de las siguientes fincas:

• Finca nº 1537 para destinarla a parque infantil.

• Finca nº 1577, para la mejora de las instalaciones y equipamientos de la Casa de la Cultura O Pateiro.

Vista la propuesta de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la disposición transitoria primera de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia; la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.

Dados los destinos para los que se solicitan las referidas fincas respecto de los que se entiende que son perfectamente subsumibles en el supuesto recogido en el artículo 32 de la antedicha ley gallega, esta dirección general

RESUELVE:

1. Modificar el Acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Oroso (A Cañiza-Pontevera), y adjudicar al Ayuntamiento de A Cañiza la titularidad de las fincas nº 1537 y 1577 -que causan baja en el Fondo de Tierras de la zona- para ser destinados a los siguientes fines:

• Finca núm. 1537 para destinarla a parque infantil.

• Finca núm. 1577 para la mejora de las instalaciones equipamientos de la Casa de Cultura O Pateiro.

Transcurridos cinco años desde la cesión de las propiedades, sin que las fincas fuesen destinadas a los fines para los cuales son adjudicadas, la titularidad de las referidas fincas revertirá sobre el Fondo de Tierras de la zona, el Patrimonio de la Comunidad Autónoma, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) u otra entidad que corresponda, según el caso.

A la presente resolución se le dará la oportuna publicidad, sin perjuicio de su notificación al Ayuntamiento de A Cañiza».

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural en un plazo de un mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.

Pontevedra, 23 de octubre de 2020

Antonio Crespo Iglesias
Jefe territorial de Pontevedra