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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Miércoles, 4 de noviembre de 2020 Pág. 43916

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Vigo

RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2020 por la que se amplía el plazo de resolución de diversos procesos selectivos para ingresar como personal laboral fijo de la Universidad de Vigo (varias categorías de técnico superior del grupo I).

Mediante las resoluciones de 28 de junio de 2019 (DOG núm. 128, de 8 de julio), la Universidad de Vigo convocó procesos selectivos para el ingreso en las siguientes categorías de personal laboral fijo de administración y servicios, encuadradas todas en el grupo I:

– Técnico/a superior de igualdad.

– Técnico/a superior de orientación y promoción del empleo y emprendimiento.

– Técnico/a superior de teledocencia.

La base 6.3 de dichas convocatorias establece: «La resolución final de este proceso selectivo se dictará antes de que transcurra un año desde la publicación de esta convocatoria en el DOG».

La suspensión de los plazos administrativos como consecuencia de la declaración del estado de alarma en marzo de 2020 y la posterior ralentización de las actuaciones relativas a la realización de las pruebas y a las actuaciones de los tribunales como consecuencia de la progresiva recuperación de la actividad administrativa ordinaria hacen preciso ampliar el plazo máximo previsto para finalizar estos procesos selectivos, de conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En consecuencia, este rectorado en uso de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y por los estatutos de la Universidad de Vigo,

resuelve:

Primero. Ampliar en seis meses el plazo de resolución del procedimiento, de acuerdo con lo establecido en la base 6.3 de las resoluciones de 28 de junio de 2019 por las que se convocaron los procesos selectivos de las categorías anteriormente indicadas.

Segundo. Contra esta resolución no cabe recurso, de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Vigo, 28 de octubre de 2020

Manuel Joaquín Reigosa Roger
Rector de la Universidad de Vigo