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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 27 de octubre de 2020 Pág. 42683

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda y Administración Pública

ORDEN de 26 de octubre de 2020 por la que se establecen las condiciones de una emisión de obligaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia por importe de ciento cincuenta millones de euros.

Con base en el artículo 37.3 de la Ley 6/2019, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020, se autoriza a la persona titular de la Consellería de Hacienda y Administración Pública para formalizar operaciones de endeudamiento mediante la emisión de deuda pública, la concertación de créditos o cualquier otro instrumento financiero disponible en el mercado.

Asimismo, en el artículo 33 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, se establece que las emisiones de deuda pública u operaciones de crédito que realice la Comunidad tendrán que ser autorizadas, en todo caso, por el conselleiro de Economía y Hacienda dentro de los límites señalados por la ley, a la que le corresponderá, asimismo, autorizar sus características técnicas y su tipo de interés, si estos no fuesen determinados por su ley de creación. La mencionada facultad corresponde en la actualidad al conselleiro de Hacienda y Administración Pública en virtud del Decreto 110/2020, de 6 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia; del Decreto 130/2020, de 17 de septiembre, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y del Decreto 30/2017, de 30 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.

Mediante acuerdo del Consejo de Ministros, de 28 de julio de 2020, se otorgó la autorización establecida en el artículo 14.3 de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas. Asimismo, el 20 de octubre de 2020, mediante resolución del director general del Tesoro y Política Financiera se le concedió la autorización específica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, para cumplir lo establecido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de prudencia financiera.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo único

Se autoriza una emisión de deuda de la Comunidad Autónoma de Galicia (la emisora) por un importe nominal de 150 millones de euros. Esta emisión se realiza bajo la forma de obligaciones sénior, no garantizadas y no subordinadas de la Xunta de Galicia (las «Obligaciones»), representadas mediante anotaciones en cuenta, al amparo del artículo 59 y siguientes del Real decreto legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del mercado de valores.

La emisión de deuda pública que se autoriza tendrá las características que se detallan a continuación:

Importe nominal de la emisión: ciento cincuenta (150) millones de euros.

Modalidad: obligaciones.

Procedimiento de emisión: colocación privada, no asegurada.

Divisa: euro.

Fecha de emisión y desembolso: 27 de octubre de 2020.

Fecha de vencimiento: 31 de octubre de 2025.

Precio de emisión por obligación: 100,831% del importe nominal de cada obligación.

Importe nominal de cada obligación: mil (1.000) euros.

Desembolso: el desembolso de la emisión de las obligaciones será realizado a través de la entidad colocadora de la emisión en la fecha de emisión y desembolso.

Cupón: tipo de interés nominal fijo de 0,00 %, base Act/Act ICMA, no ajustado.

Convención de día hábil: cuando una fecha de pago tenga la consideración de día inhábil en el sistema TARGET 2 de pagos europeo, o aquel que pueda sustituirlo en el futuro, el pago de los cupones y el reembolso por la amortización de las obligaciones se efectuará en el día hábil siguiente según el calendario del mencionado sistema, salvo que esto implicara trasladarlo al mes siguiente, en cuyo caso se producirá el inmediato día hábil anterior. El tenedor de los valores no tendrá derecho a percibir intereses como consecuencia de ese posible ajuste.

En los casos en que, según la legislación vigente, sea aplicable la devolución de la retención practicada en los cupones de esta emisión, será el Banco de España quien gestione el correspondiente procedimiento, según se establece en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda, de 16 de junio de 2004, publicada en el Diario Oficial de Galicia el día 18 de junio de 2004.

Representación de las obligaciones: las obligaciones están representadas mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Renta Fija AIAF, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (Iberclear).

Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.

Fiscalidad: de conformidad con lo previsto en el artículo 14.5 de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas, esta emisión goza de los mismos beneficios y condiciones que la deuda pública del Estado.

Amortización de las obligaciones: las obligaciones serán amortizadas en su totalidad a la par, en la fecha de vencimiento, el 31 de octubre de 2025.

Pago de amortización: el pago de la amortización de la deuda será realizado por el Banco de España de acuerdo con lo establecido en el Convenio marco de 7 de noviembre de 2005, sobre prestación del servicio de tesorería y del servicio financiero de la deuda pública.

Ley aplicable: las obligaciones y todas las cuestiones que se deriven o guarden relación con las obligaciones se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes españolas.

Jurisdicción: los jueces y tribunales de la ciudad de Santiago de Compostela tienen jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa que surja o esté relacionada con las obligaciones.

Disposición final

Esta orden tendrá efectos desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2020

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública