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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 23 de octubre de 2020 Pág. 42373

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (DOI 378/2019).

Yo, María Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 378/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Miguel Ángel Vilar Santos contra Construcciones Figueiras Vixán, S.L. y Fogasa, S.L., sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 25 de septiembre de 2020 con el número 157/2020 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Estimar la demanda formulada por Miguel Ángel Vilar Santos contra la demandada Construcciones Figueiras, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, declarando la improcedencia del despido y, asimismo, declaro extinguida la relación laboral con efectos de 18 de noviembre de 2019 y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de treinta y seis mil ochocientos sesenta y dos euros con cincuenta céntimos en concepto de; asimismo, condeno a la mercantil Construcciones Figueiras, S.L. a que abone al actor la cantidad global de tres mil ochocientos noventa y tres euros con diecisiete céntimos brutos.

Ninguna responsabilidad alcanza al Fogasa en esta instancia.

Notifíquese esta sentencia a las partes y se les advierte que contra la presente resolución podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco días siguientes al de la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se les practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o causahabientes suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el Santander a nombre de esta oficina judicial con el número 0049 3569 9200 0500 1274, debiendo indicar en el campo concepto “recurso” seguido del código “34 Social Suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta oficina judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Figueiras, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este órgano judicial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2020

La letrada de la Administración de justicia