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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Miércoles, 14 de octubre de 2020 Pág. 39835

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DSP 954/2019).

Yo, Paloma Recalde Alvarez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 954/2019 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de María Carolina Montero Victoria contra la empresa Centro Óptico Bergantiños, S.L., sobre ordinario, se ha dictado resolución cuyo fallo es el siguiente:

«Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por María Carolina Montero Victoria contra la empresa Centro Óptico Bergantiños, S.L., declaro extinguida la relación laboral con su empleadora, condenándola a indemnizarle por la extinción con la cantidad -s. e. u o.- de cincuenta y seis mil ochocientos noventa y nueve euros y siete céntimos (56.899,07 €).

Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en el que se le practique la notificación.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el Banco Santander a nombre de esta oficina judicial.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado o graduado social para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Centro Óptico Bergantiños, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 17 de septiembre de 2020

La letrada de la Administración justicia