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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Miércoles, 14 de octubre de 2020 Pág. 39831

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ponteareas

EDICTO de notificación de sentencia (JVB 36/2018).

Yo, María Lorenza Fernández Calaza, letrada de la Administración de justicia, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ponteareas, anuncio que en el presente procedimiento seguido a instancia de Electricidad Bimca, S.L. frente a Julio Álvarez Cobela, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia nº 47/2020.

Ponteareas, trece de mayo de dos mil veinte.

Vistos por mí, Juan Laborda Rodríguez, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de los de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad, seguidos con el nº 36/2018, en el que han intervenido, como demandante, Electricidad Bimca, S.L., representada por la procuradora Sra. Cabaleiro Barciela y asistida de la letrada Sra. Moreira Freire y, como demandado, Julio Álvarez Cobela, en situación de rebeldía. Y por ello dicta la presente resolución en razón de los siguientes:

Fallo:

Estimo íntegramente la demanda deducida a instancias de Electricidad Bimca, S.L. contra Julio Álvarez Cobela, en consecuencia, le condeno a abonar a la primera la cantidad de tres mil ciento sesenta y dos euros con veinticinco céntimos de euro (3.172,25 €), aumentada en el interés legal devengado desde el día 2 de enero de 2018, ello sin perjuicio de que la cantidad así determinada se incremente en el interés legal más dos puntos desde la fecha de la presente sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se presentará por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado, con los datos relativos al recurso y la cuenta expediente, por importe de 50 euros, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la formulación del recurso.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncia, manda y firma Juan Laborda Rodríguez, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ponteareas, de lo que yo, la letrada de la Administración de Justicia, doy fe».

Y encontrándose dicho demandado, Julio Álvarez Cobela, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ponteareas, 13 de mayo de 2020

La letrada de la Administración de justicia