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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 8 de octubre de 2020 Pág. 39273

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO de citación (PO 384/2018).

Yo, María Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 384/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mario García Picón contra Seijas Leyte, S.L. y el Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se acordó citar a Seijas Leyte, S.L., en paradero desconocido, para que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 3, situado en la calle Berlín s/n, polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, el día 19.10.2020, a las 12.10 y 12.15 horas, a fin de celebrar los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le hace saber que tiene a su disposición, en la oficina judicial, la cédula de citación, copia de la demanda y decreto de admisión de la misma y también las demás resoluciones y documentos que figuran en el procedimiento.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes a su citación para el juicio, al objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Seijas Leyte, S.L., así como para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios, expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia