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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Viernes, 2 de octubre de 2020 Pág. 38269

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2020 por la que se autoriza la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Rama II.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Rama II y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 2 de septiembre de 2020, José Luis Cores Aragunde solicitó autorización para la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, de la concesión administrativa y de la batea Rama II.

Segundo. La persona interesada aportó la documentación requerida para la tramitación.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica da la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, en sus artículos 209 y siguientes regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa, y con forma de pactos de apartación o de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa, mediante pacto de mejora, a favor de Francisco José Cores Dios (***6427**), de la concesión que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Rama II.

Situación:

Cuadrícula nº: 126.

Polígono: C.

Distrito: Cambados (Pontevedra).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión.

Orden de otorgamiento: 18.9.1964.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Actuales titulares: José Luis Cores Aragunde (***1824**) y Rosa Palmira Dios Chaves (***2626**).

Nuevo titular: Francisco José Cores Dios (***6427**).

El nuevo titular de la concesión se subroga en los derechos y obligaciones de los anteriores desde el momento de formalización de la mejora en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 3 de septiembre de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
La jefa territorial de Vigo
Por delegación de firma (Resolución de 26.9.2017)
Carmen de Benito Caula
Jefa del Servicio de Recursos Marinos