Antecedentes:
Por Resolución del director de la Agencia Gallega de Infraestructuras de 18 de agosto de 2020 se aprobó provisionalmente el contenido del documento para información pública del proyecto de mejora de la seguridad viaria en la carretera PO-224, p.k. 2+440-2+830, Santo André de Xeve, de clave: PO/20/030.06.
A los efectos previstos en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, se somete al trámite de información pública el documento para información pública del proyecto de mejora de la seguridad viaria en la carretera PO-224, p.k. 2+440-2+830, Santo André de Xeve, de clave: PO/20/030.06.
El objeto de este proyecto es definir, justificar y valorar las obras necesarias para llevar a cabo una serie de actuaciones que permitan mejorar la seguridad vial en el entorno de la intersección de la carretera PO-224 con la carretera PO-223, por lo que serán necesarias las siguientes actuaciones:
• Mejorar la intersección en cruz existente entre las carreteras PO-223 y PO-224 con regulación semafórica, mediante la ejecución de una glorieta y creación de aceras en su entorno.
• Proyectar un itinerario peatonal y ciclista en la PO-224, de conexión del núcleo poblacional de Sobral con el colegio CEIP Santo André de Xeve.
• Reordenar el espacio público y ampliación de las zonas de aparcamiento en el ámbito del colegio CEIP Santo André de Xeve.
• Reubicación y mejora de las paradas de autobús existentes en la zona.
Considerando todo lo expuesto y lo establecido en la normativa vigente,
RESUELVO:
Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, y en el artículo 50 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se somete al trámite de información pública durante un período de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, para que las personas que lo consideren oportuno puedan formular por escrito, ante la Agencia Gallega de Infraestructuras, las observaciones que crean convenientes relativas a la concepción global del trazado diseñado.
Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de expropiación forzosa, se somete a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente, para que los afectados presenten cuantas alegaciones o rectificaciones consideren conveniente en cuanto a los bienes y derechos descritos en la relación anexa.
Tercero. Del mismo modo, se somete este proyecto a información pública a los efectos de lo establecido en el Real decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del dominio público hidráulico, en relación con la protección del dominio público hidráulico y con las actuaciones en este o en su zona de policía.
Cuarto. La exposición al público, a los efectos de la presente resolución, se realiza en la Agencia Gallega de Infraestructuras (San Caetano, s/n, 15781 Santiago de Compostela), en el Servicio de Infraestructuras de Pontevedra (avda. María Victoria Moreno, 43-1º, 36071 Pontevedra), y en el Ayuntamiento de Pontevedra (calle Michelena, 30, 36071 Pontevedra). Asimismo, en la página web de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, (https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/organizacion/c/CIV_Axencia_Galega_de_Infraestruturas) se encuentra a disposición de los interesados el documento completo para información pública.
Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2020
Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras