Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Viernes, 18 de septiembre de 2020 Pág. 36566

IV. Oposiciones y concursos

Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo

RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Justicia, por la que se publica la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Galicia que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso por promoción interna, en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa convocado por la Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.

De conformidad con lo establecido en la base decimonovena de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 15 de marzo), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia, y en la base 8.1.a) de la Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 8 de abril), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso por promoción interna en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa de la Administración de justicia, se resuelve:

Primero. Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Galicia (anexo I) que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso por promoción interna, en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa convocado por la Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo.

Segundo. Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito se presentarán en la Dirección General de Justicia, calle Madrid, 2-4, 15781 Santiago de Compostela, o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (Boletín Oficial del Estado de 2 de octubre), en el plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir de la publicación de la relación definitiva de aprobados en el Boletín Oficial del Estado, según lo establecido en la base 8.1.a) de la convocatoria del proceso selectivo, mencionada anteriormente.

Tercero. Las solicitudes se formalizarán según el modelo que aparece como anexo II de esta resolución, de acuerdo con las siguientes instrucciones:

– En el modelo de instancia podrá relacionarse hasta el máximo de las plazas ofertadas, y se indicará la descripción de la unidad, la función, la localidad y la provincia.

– En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma por no haber solicitado un número suficiente de plazas, se seguirá el orden de preferencia por provincias que los interesados indiquen en el modelo de solicitud.

– Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:

1. Tribunal Supremo y órganos centrales.

2. Tribunales superiores de justicia.

3. Audiencias provinciales.

4. Fiscalías.

5. Relaciones de puestos de trabajo de la oficina judicial en la capital de provincia donde esté implantada.

6. Institutos de medicina legal.

7. Decanatos y servicios comunes.

8. Juzgados de instrucción.

9. Juzgados de lo penal.

10. Juzgados de vigilancia penitenciaria.

11. Juzgados de violencia sobre la mujer.

12. Juzgados de primera instancia.

13. Juzgados de lo mercantil.

14. Juzgados de lo contencioso-administrativo.

15. Juzgados de lo social.

16. Juzgados de primera instancia e instrucción.

17. Juzgados de menores.

18. Juzgados de paz.

19. Relaciones de puestos de trabajo de la oficina judicial en la localidad donde esté implantada.

Cuarto. Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el proceso selectivo.

Quinto. Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

Sexto. De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.

Séptimo. La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de Galicia.

Octavo. Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en este hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Justicia de la Vicepresidencia primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados centrales de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Santiago de Compostela, 14 de septiembre de 2020

Juan José Martín Álvarez
Director general de Justicia

ANEXO I

Tramitación procesal y administrativa. Turno de promoción interna

Descripción de la unidad

Función

Localidad

Provincia

Comunidad Autónoma

Nº de plazas

Decanato. Serv. Común de Apoyo Lugo

Tramitación procesal

Lugo

Lugo

Galicia

1

Decanato. Serv. Común de Apoyo Lugo

Tramitación procesal

Lugo

Lugo

Galicia

1

Decanato. Serv. Común de Apoyo Lugo

Tramitación procesal

Lugo

Lugo

Galicia

1

missing image file
missing image file
missing image file
missing image file
missing image file