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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 184 Jueves, 10 de septiembre de 2020 Pág. 35691

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 150/2019).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 150/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ramiro José Triana Frechilla contra Seguridad y Planificación Galicia, S.L., Montserrat Vale Santos y el Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto.

Letrado de la Administración de justicia: Marina Pilar García de Evan.

En Santiago de Compostela a seis de julio de dos mil veinte.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

– Requerir a la ejecutada Seguridad y Planificación Galicia, S.L. a fin de que en el plazo de diez (10) días abone la cantidad de 55.187,93 euros en concepto de principal (6.361,69 euros en concepto de indemnización y 48.826,24 euros en concepto de salarios de tramitación), más otros 5.518,79 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas que puedan derivarse de la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación, ingresando dicho importe en la cuenta de este juzgado, abierta en Banco Santander con el número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 (número de expediente judicial 1589 0000 64 0150 19), con apercibimiento de que, en caso de no cumplimentar el requerimiento en el plazo conferido, se procederá al embargo de sus bienes para cubrir dicha suma, previa averiguación de los mismos a través de la aplicación informática de este juzgado.

– Requerir a Seguridad y Planificación Galicia, S.L., a fin de que en el plazo de diez (10)días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 LJS).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Seguridad y Planificación Galicia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 20 de agosto de 2020

La letrada de la Administración de justicia