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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Martes, 25 de agosto de 2020 Pág. 33641

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 16/2020).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 16/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Niurka Formoso Álvarez contra Jesús Liñares Illodo, Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Decreto.

Letrada de la Administración de justicia: Marina Pilar García de Evan.

Santiago de Compostela, 3 de julio de 2020.

Parte dispositiva.

Acuerdo:

a) Declarar al ejecutado Jesús Liñares Illodo, en situación de insolvencia total por importe de 2.589,26 euros en concepto de principal (2.048,40 euros en concepto de salarios, extras, indemnización y vacaciones no disfrutadas, 488,96 en concepto de intereses del artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores, y 51,90 euros en concepto de intereses del artículo 1108 del Código civil), más otros 258,92 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Una vez sea firme la presente resolución, procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la Ley reguladora de la jurisdicción social. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta número 0049 3569 9200 0500 1274, en el Banco Santander, S.A., debiendo indicar en el campo concepto, “recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso”, seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones letrado de la Administración de justicia”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva a efectos publicitarios la declaración de insolvencia del ejecutado Jesús Liñares Illodo, procédase a su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia