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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 159 Lunes, 10 de agosto de 2020 Pág. 31797

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 20 de julio de 2020 por la que se notifica acuerdo de inicio de procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación Rey Novo, en el puerto de Ribeira.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE número 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a Ángel Rey Parada, con DNI ***7967**, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Acuerdo de 19 de junio de 2020, de la Presidencia de la entidad pública Puertos de Galicia, que inicia procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación, de nombre Rey Novo y folio 3ª-VILL-1-4390, amarrada en el puerto de Ribeira, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El acuerdo se emite por encontrarse la embarcación amarrada en el puerto de Ribeira en estado de abandono sin actividad ni mantenimiento alguno desde hace más de un año y sin abonar tasas, en base a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre (DOG número 236, de 14 de diciembre), de puertos de Galicia.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento es la presidenta de Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

La instrucción del procedimiento recae en Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, siendo su régimen de recusación el consignado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE número 236, de 2 de octubre), de régimen jurídico del sector público.

Se otorga al propietario del buque un plazo máximo de diez (10) días para formular alegaciones.

Se advierte que, de acuerdo con la normativa más arriba citada, llegado el término de declarar al buque abandonado, este pasará a ser propiedad de Puertos de Galicia, lo que no impedirá que todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre el buque sean a costa del anterior propietario.

Para su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los Servicios Centrales de Puertos de Galicia en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 20 de julio de 2020

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia