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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Viernes, 24 de julio de 2020 Pág. 29389

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 238/2017).

Ejecución de títulos judiciales 238/2017

Procedimiento origen: procedimiento ordinario 1000/2014

Sobre ordinario

Demandante: Silvia Vázquez Cuesta

Abogado: Xavier Castro Martínez

Demandados: Fondo de Garantía Salarial, David García Fanego

Abogado/a: letrado/a de Fogasa

Yo, Mª Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 238/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Silvia Vázquez Cuesta contra la empresa David García Fanego, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto el 3 de julio de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva.

Acuerdo:

– Transferir al número de IBAN, que consta en los autos de Silvia Vázquez Cuesta, el importe al que ascienden los intereses, esto es, 125,55 euros y a la del Fogasa, 25,38 euros, en el mismo concepto.

– Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de Silvia Vázquez Cuesta frente a David García Fanego.

– Llevar el original de esta resolución al libro de decretos, dejando testimonio en las presentes actuaciones.

– Archivar el presente procedimiento y darlo de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese a las partes y a David García Fanego, por medio de edictos en el DOG, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3, abierta en Banco Santander, cuenta número 5076 0000 64 0238 17. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá ingresarse en la cuenta número ES 55 0049 3569 9200 0500 1274, y en el campo concepto deberá indicar el número de cuenta 5076 0000 64 0238 17. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, e indicar en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

La letrada de la Administración de justicia».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a David García Fanego, expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 3 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia