Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Lunes, 6 de julio de 2020 Pág. 26719

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (SSS 132/2018).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento seguridad social 132/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marcos Federico Agraso contra Mutua Egarsat, Ambunova Servicios Sanitarios, S.L.U., Ambuibérica, S.L. e Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Acuerdo:

– Señalar el día 24.9.2020, a las 10.50 horas, para la celebración del acto del juicio, por lo que se deberá citar nuevamente a las partes para que comparezcan en la planta baja, sala de vistas, edificio Juzgados, para la celebración de dicho acto ante la magistrada.

– Se mantiene la documental acordada por la Providencia de fecha 12.2.2020.

– Dado el aforo de las salas vistas y la necesidad de que cada órgano judicial ordene el acceso del público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Real decreto legislativo 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de justicia, y en el Acuerdo gubernativo de 20.5.2020, a fin de favorecer y facilitar el cumplimiento de esta medida de prevención y seguridad se recomienda a los profesionales que comuniquen al juzgado con antelación razonable el número de testigos y/o peritos de los que intenten valerse, en caso de que sea su intención proponerlos en el acto de juicio, con indicación de sus datos de identidad para favorecer el control de acceso y salida por parte del servicio de vigilancia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta que no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición que se deberá interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción que esta contiene a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ambunova Servicios Sanitarios, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el boletín oficial correspondiente.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 22 de junio de 2020

La letrada de la Administración de justicia