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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 133 Lunes, 6 de julio de 2020 Pág. 26725

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2020, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se declara la utilidad pública, en concreto, del parque eólico Corme modificación sustancial (repotenciación parque eólico Corme), emplazado en el ayuntamiento de Ponteceso (A Coruña) y promovido por EDP Renovables España, S.L.U. (expediente IN661A 2018/1-1).

Examinado el expediente iniciado por solicitud de EDP Renovables España, S.L.U. en relación con la declaración de utilidad pública del parque eólico Corme modificación sustancial (en adelante, el parque eólico), constan los siguientes

Antecedentes de hecho:

Primero. El 15.4.1998, la Dirección General de Industria de la Consellería de Industria y Comercio resolvió autorizar las instalaciones electromecánicas, aprobar el proyecto de ejecución y reconocer la condición de instalación acogida al régimen especial del parque eólico Corme G-3 (número de expediente 1/1997).

El 4.7.2000, la Delegación Provincial de la Consellería de Industria autorizó la puesta en servicio de las instalaciones del parque eólico Corme G-3.

Segundo. El 24.1.2017, Desarrollos Eólicos Corme, S.A.U. solicitó la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la repotenciación del parque eólico Corme G-3, según lo previsto en el Decreto 138/2010, de 5 de agosto, por el que se establece el procedimiento y las condiciones técnico-administrativas para la obtención de las autorizaciones de proyectos de repotenciación de parques eólicos existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia. Con la citada solicitud la promotora presentó el anteproyecto de repotenciación, con su correspondiente memoria ambiental.

Tercero. El 23.11.2017, EDP Renovables España, S.L.U. solicitó la tramitación del expediente de la repotenciación del parque eólico Corme G-3 (en adelante, el parque eólico) conforme a la disposición transitoria tercera de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, y la declaración de utilidad pública para el parque eólico.

Cuarto. El 11.12.2017, la Dirección General de Energía y Minas autorizó la transmisión de la titularidad de parques eólicos de las sociedades Desarrollos Eólicos de Galicia, S.A.U. y Desarrollos Eólicos Corme, S.A.U. (sociedades absorbidas) a favor de EDP Renovables España, S.L.U. (sociedad absorbente), entre las que se encuentra el parque eólico.

Quinto. El 29.12.2017, la promotora solicitó la declaración de interés especial para el parque eólico. El 15.2.2018, el Consello de la Xunta de Galicia declaró el proyecto del parque eólico como de interés especial.

Sexto. Por Acuerdo de 21 de marzo de 2018, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria de A Coruña (en adelante, la jefatura territorial), se sometió a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, la declaración de utilidad pública, en concreto, y la necesidad de urgente ocupación que eso implica, la autorización administrativa de construcción, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal y el estudio de impacto ambiental del parque eólico.

El citado acuerdo se publicó en el Diario Oficial de Galicia de 5 de abril de 2018 y en el periódico La Voz de Galicia de 3 de abril de 2018. Asimismo, permaneció expuesta al público en los tablones de anuncios del ayuntamiento afectado (Ponteceso), de la jefatura territorial, y de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de A Coruña, que emitieron los correspondientes certificados de exposición pública.

A continuación se resume el contenido de las alegaciones presentadas durante el período de información pública relativas al expediente de declaración de utilidad pública del parque eólico:

– Oposición a la declaración de utilidad pública, ya que la promotora solicita la expropiación de terrenos en los que ya dispone de contratos de arrendamiento y, además, no se puede acudir a la expropiación sin intentar previamente conseguir un acuerdo con los titulares.

– La promotora pretende la expropiación de nuevas fincas sin aportar una justificación sobre la imposibilidad de ejecutar el proyecto sobre aquellas parcelas de las que ya dispone.

– La promotora tiene suscritos numerosos contratos de arrendamiento en vigor con la mayoría de los propietarios del actual parque eólico Corme, los cuales pretende renegociar y, ante la negativa de los propietarios, solicita ante la Administración la declaración de utilidad pública para que los terrenos sean expropiados. El presupuesto de la necesidad de ocupación no se produce en este caso, puesto que la promotora ya ostenta la posesión de los terrenos.

– Mencionan diversas sentencias del Tribunal Supremo sobre supuestos similares en las que se establece la imposibilidad de declarar la utilidad pública, cuando ya existe la plena disponibilidad de los terrenos, así como la vinculación directa entre la utilidad pública y la necesidad de ocupación.

– Falta de información por parte de la empresa a las personas interesadas, especialmente teniendo en cuenta la edad avanzada de muchas de ellas.

– Desacuerdo con las compensaciones por la utilización de las fincas.

– Con respecto a la relación de bienes y derechos afectados (RBDA), se está ocultando la situación jurídica de los terrenos afectados, puesto que en el parque eólico Corme G-3 la promotora ya tiene a su disposición la práctica totalidad de los terrenos que se pretende expropiar, habiendo suscrito contratos de arrendamiento con la mayoría de los propietarios. A estos contratos aún les quedan varios años de vigencia (fueron suscritos por un período de 25 años, prorrogables por períodos sucesivos de 10 años), siendo su finalidad el desarrollo de la misma actividad para la que se solicita la autorización.

– Existencia de errores en la relación de bienes y derechos afectados (RBDA), mayoritariamente en relación con la titularidad de las parcelas, con las superficies afectadas, con la clasificación del suelo, con el tipo de aprovechamiento, con las direcciones a los efectos de notificaciones, etc.

– Desacuerdo con el plazo del trámite de información pública, puesto que se entiende que es de aplicación el Decreto 138/2010, de 5 de agosto, el cual establece el plazo de un mes, y no la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.

– Se solicita un nuevo trámite de información pública y que se deniegue la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación, la autorización administrativa de construcción, el proyecto sectorial y el estudio de impacto ambiental.

– En la solicitud de la promotora no se tuvo en cuenta lo establecido en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, por lo que no se contemplan las afecciones que se establecen en esta ley. Esta cuestión tampoco se ha tenido en cuenta en los informes emitidos sobre el impacto medioambiental, cultural y turístico.

– Dado que la aplicación de la Ley 3/2007, de 9 de abril, supone el establecimiento de limitaciones sobre las parcelas que se ven afectadas por la gestión de la biomasa, se debería contemplar esta circunstancia en el proyecto técnico y los propietarios deberían ser incluidos en la relación de bienes y derechos afectados (RBDA). Se vulneró el trámite de audiencia respecto a estos propietarios puesto que no fueron notificados de la información pública.

– Solicitan que se deniegue la declaración de utilidad pública y las autorizaciones administrativas y que se formule una nueva solicitud por parte de la promotora adaptando el proyecto a la Ley 3/2007, de 9 de abril.

Séptimo. El 22.5.2018, la jefatura territorial informó que la poligonal del parque eólico no se encuentra afectada por ningún derecho minero vigente.

Octavo. El 25.6.2018, el Servicio de Montes de A Coruña informó que no se prevén afecciones derivadas de la ejecución del proyecto del parque eólico a montes catalogados de utilidad pública, montes vecinales en mano común, montes de gestión pública, infraestructuras forestales relevantes, masas de especial valor de frondosas autóctonas, rodales selectos o parcelas de experimentación.

Noveno. El 26.10.2018, la jefatura territorial remitió el expediente del parque eólico a la Dirección General de Energía y Minas para continuar con la tramitación del procedimiento.

Décimo. El 23.4.2019, la Asociación de Vecinos Eduardo Pondal solicitó que se le tuviera por desistida de todas las alegaciones formuladas en relación con el expediente de referencia.

Undécimo. El 24.5.2019, se publica en el DOG una corrección de errores del Acuerdo de 21 de marzo de 2018 de la jefatura territorial, en la que se corrige la coordenada Y del aerogenerador CO.6 del P.E. Corme modificación sustancial, en donde dice «4.792.477», debe decir «4.792.447».

Duodécimo. El 27.5.2019, la Asociación de Vecinos Eduardo Pondal presentó un escrito en el que manifestó su oposición al proyecto eólico.

Decimotercero. El 12.6.2019, el órgano ambiental formuló la declaración de impacto ambiental relativa al parque eólico, que se hizo pública por Anuncio de 14 de junio de 2019, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático (DOG núm. 122, de 28 de junio).

Decimocuarto. El 18.7.2019, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió el informe al que hace referencia el artículo 13.3 del Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal en relación con el proyecto sectorial del parque eólico Corme modificación sustancial (repotenciación del parque eólico Corme G-3), en el cual el citado organismo informa que se siguieron los trámites establecidos en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo.

Decimoquinto. Por Resolución de 16 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Energía y Minas, se otorgaron las autorizaciones administrativas previa y de construcción al parque eólico Corme modificación sustancial (repotenciación del parque eólico Corme G-3), emplazado en el ayuntamiento de Ponteceso (A Coruña) y promovido por EDP Renovables España, S.L.U. (DOG núm. 204, de 25 de octubre), con su corrección de errores de la coordenada X del vértice 4 de la poligonal del P.E. Corme modificación sustancial, en donde dice «502.225», debe decir «502.255» (DOG núm. 88, de 8 de mayo).

Decimosexto. Por Resolución de 21 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Energía y Minas, se hizo público el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 7 de noviembre de 2019, por el que se aprueba definitivamente el proyecto del parque eólico Corme modificación sustancial (repotenciación del parque eólico Corme G-3) como proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, así como de las disposiciones normativas contenidas en el mencionado proyecto (DOG núm. 38, de 26 de febrero de 2020).

Decimoséptimo. El 18.11.2019, José Ramón Dourado Lema presentó en el Registro General de la Xunta de Galicia en A Coruña dos escritos en los que solicitó que esta Administración y al amparo de lo dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, declare la caducidad del procedimiento de la declaración de la utilidad pública del parque eólico Corme modificación sustancial.

Decimoctavo. El 19.11.2019, José Ramón Dourado Lema presentó en el Registro General de la Xunta de Galicia en A Coruña un escrito de Luis Manuel Moreira Varela y otro de Ángel Santiago Suárez Baneira, en los que solicitan que esta Administración y al amparo del dispuesto en el artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, declare la caducidad del procedimiento de la declaración de la utilidad pública del parque eólico Corme modificación sustancial.

Decimonoveno. El 12.2.2020, la Dirección General de Energía y Minas desestimó las solicitudes de declaración de caducidad del procedimiento de la declaración de la utilidad pública del parque eólico Corme modificación sustancial, a las que se hace referencia en los dos antecedentes de hecho anteriores.

Vigésimo. El 5.12.2019, el 20.1.2020, el 24.2.2020 y el 6.3.2020, a consecuencia de las negociaciones y acuerdos conseguidos con algunas de las personas afectadas, la promotora actualizó la relación de bienes y derechos afectados (RBDA).

Vigésimo primero. El 23.3.2020, esta dirección general le requirió a la promotora una copia de cada uno de los acuerdos firmados con los propietarios de las parcelas que figuraban en la publicación en el Diario Oficial de Galicia de fecha 5 de abril de 2018 y que se suprimieron en la última RBDA presentada el 6.3.2020.

Vigésimo segundo. El 24.3.2020, tuvo entrada en esta dirección general una solicitud de certificado por silencio administrativo relativa a la declaración de utilidad pública del parque eólico Corme modificación sustancial, presentada por la Asociación de Vecinos Eduardo Pondal.

Vigésimo tercero. El 3.4.2020, EDP Renovables España, S.L.U. presentó copia de los acuerdos requeridos.

Vigésimo cuarto. El 14.4.2020, esta dirección general le solicitó a la promotora aclaraciones con respecto a los acuerdos presentados.

Vigésimo quinto. El 17.4.2020, EDP Renovables España, S.L.U. presentó las aclaraciones requeridas a las que se hace referencia en el antecedente de hecho anterior.

Fundamentos de derecho:

Primero. La Dirección General de Energía y Minas es competente para resolver este procedimiento con fundamento en el Decreto 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, y en el artículo 44.1 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia.

Segundo. En el expediente instruido al efecto se cumplieron los trámites de procedimiento establecidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre , por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, modificada por la Ley 5/2017, de 19 de octubre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás normas vigentes de aplicación.

Tercero. En relación con las alegaciones presentadas durante la tramitación del expediente, visto su contenido y las respuestas efectuadas por la promotora, es necesario manifestar lo siguiente:

1. En lo que respecta a las alegaciones relativas a los bienes y derechos afectados, se tomó razón de todas las manifestaciones y documentos presentados por las personas alegantes, relativas a la titularidad y características de los bienes y derechos afectados, así como a la magnitud de las afecciones. No obstante, corresponde a la fase de levantamiento de actas previas, dentro del eventual procedimiento expropiador, la determinación efectiva de la titularidad de los bienes y derechos afectados y de sus características (localización, extensión, tipo de aprovechamiento, ...), así como de las afecciones reales del proyecto sobre ellos.

2. Para aquellas parcelas sobre las que no se alcanzó acuerdo con las personas propietarias, que se indican en el anexo II de esta resolución, en caso de que no se llegara a un acuerdo entre la promotora eólica y los afectados durante el procedimiento expropiador, se fijarán las compensaciones correspondientes de acuerdo con la legislación aplicable.

3. En relación con lo anterior, y en respuesta a las alegaciones en las que se ponen de manifiesto que se pretende declarar la utilidad pública sobre terrenos en los que la promotora ya tiene suscritos acuerdos, es necesario manifestar que la promotora alcanzó acuerdos para 244 parcelas que se incluyeron en el anexo del Acuerdo de 21 de marzo de 2018, de la jefatura territorial (DOG núm. 66, de 5 de abril), por lo que esta resolución se aplicará a la RBDA definitiva indicada en el anexo II.

En relación con las alegaciones en las que se solicita la caducidad del procedimiento de declaración de utilidad pública, es necesario manifestar, en primer lugar, que la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y la correspondiente a la declaración de utilidad pública no fueron simultáneas, tal y como queda acreditado en los antecedentes de hecho segundo y tercero de esta resolución.

Por otra parte, la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, en la que se regula el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción, así como la declaración de utilidad pública, regula de forma independiente estos procedimientos, con excepción del que se refiere al trámite de información pública, para el cual prevé, en su artículo 33.8, que se efectúe de forma simultánea en caso de que la promotora solicitara la declaración de utilidad pública, en concreto, junto con las mencionadas autorizaciones administrativas.

Teniendo en cuenta estas cuestiones, se considera que la normativa de aplicación permite resolver de forma independiente los procedimientos de autorización administrativa previa y de construcción y el de declaración de utilidad pública.

4. En lo que respecta al plazo correspondiente al trámite de información pública, es necesario manifestar que la promotora se acogió a la tramitación del expediente del parque eólico, conforme a la disposición transitoria tercera de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, y que el Consello de la Xunta de Galicia declaró, el 15.2.2018, el proyecto del parque eólico como de interés especial, a los efectos de lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre.

De acuerdo con todo lo que antecede, y en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Único. Declarar la utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del parque eólico Corme modificación sustancial (repotenciación parque eólico Corme), emplazado en el ayuntamiento de Ponteceso (A Coruña), según lo previsto en los artículos 54 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

Esta resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña, de acuerdo con lo establecido en el artículo 148 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2020

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas

ANEXO I

Alegaciones presentadas durante la tramitación del procedimiento:

Manuela Martínez Méndez, el 17.4.2018; Agustín Blanco Blanco, el 18.4.2018; José Figueroa Neira, el 18.4.2018; José Novo Méndez, el 19.4.2018; Rocas Ornamentales Torres de Mens, S.L., el 20.4.2018; Mª Ángeles Martínez Ouréns, el 20.4.2018; Luis García Lema, el 20.4.2018; Agencia Gallega de Infraestructuras, el 23.4.2018; Manuel Cousillas Veiga, el 24.4.2018; Josefa Baneira Torrado, el 24.4.2018 y el 27.6.2018; Manuel Varela García, el 26.4.2018; Asociación de Veciños Eduardo Pondal, el 26.4.2018, el 20.9.2018, el 2.10.2018 y el 25.10.2018; Asociación de afectados por los parques eólicos Fonte do Xardín, el 26.4.2018; Jesús Castro Castro, el 27.4.2018; hdros. de Rosa Camiño Méndez, el 27.4.2018; hdros. de Dolores Méndez Ouréns, el 27.4.2018; hdros. de Serafina Alvarellos Nuñel, el 27.4.2018; Perfecto Pose Nuñel, el 27.4.2018; Eliseo Varela Recarey, el 27.4.2018; hdros. de Etelvina Suelos Fuentes, el 27.4.2018; Modesto José Martínez Figueiras, el 27.4.2018; Estrella Méndez Puñal, el 27.4.2018; hdros. de Josefa Suárez Lema, el 27.4.2018; Serafina Alvarellos Nuñel, el 27.4.2018; Antonio García Martínez y Manuel García Martínez, el 27.4.2018; María Méndez Ouréns, el 27.4.2018; hdros. de Rosa Méndez Ouréns, el 27.4.2018; hdros. de Perfecto Pose Nuñel, el 27.4.2018; Estrella Méndez Puñal, el 27.4.2018; Josefa Cotelo Ouréns, el 27.4.2018; hdros. de José M. Centeno Doldán, el 27.4.2018; José Doldán Varela y Dolores Álvarez Martínez, el 27.4.2018; hdros. de Serafín Lema Pose, el 27.4.2018; Josefa Chans Camiño, el 27.4.2018; Rafael Varela Chans, el 27.4.2018; Carmen Varela Varela, el 27.4.2018; Josefa Baneira Varela, el 27.4.2018; María Luz Varela Varela, el 27.4.2018; Eduarda Celia Nuñel Pérez, el 27.4.2018; Adolfo Alvarellos Blanco, Jesús Alvarellos Blanco y Manuel Alvarellos Blanco, el 27.4.2018; Carmen Méndez Chans, el 27.4.2018; Ramona Doldán Puñal, el 27.4.2018; Francisco Gómez Doldán, el 27.4.2018; Jesús Martínez Puñal, el 27.4.2018; Estrella Nuñel Méndez y Mª Carmen y Andrea, el 27.4.2018; Jesús Martínez Lema, José Martínez Lema, María Jesús Martínez Lema, Manuel Martínez Lema y Ramón Martínez Lema, el 27.4.2018; Ignacio Cereijo Rial, el 27.4.2018; Dolores García Lorenzo, el 27.4.2018; María Dolores Facal Méndez, el 27.4.2018; Carmen Andrade Villanueva, Celia Villanueva Martelo y otros, el 27.4.2018; María Estrella García Méndez, el 27.4.2018; José Doldán Varela, el 27.4.2018; hdros. de Francisco Carrillo Antelo, el 27.4.2018; Basilio Baña Vila y Erundina Alvarellos Pailos, el 27.4.2018; Andrea Blanco Puñal, María Silvia Blanco Medina y Daniel Blanco Medina, el 27.4.2018; Erundina Alvarellos Pailos, el 27.4.2018; hdros. de José Méndez Méndez, el 27.4.2018; Manuel Méndez Méndez, el 27.4.2018; hdros. de Jesús Méndez Méndez, el 27.4.2018; Estrella Ouréns Torrado, el 27.4.2018; Luis Manuel Moreira Varela, el 27.4.2018; hdros. de Josefa Lema Rey, el 27.4.2018; Josefa Lema Gómez, el 27.4.2018; José Nuñel Blanco, el 27.4.2018; Jesús Cruz Camiño, el 27.4.2018; hdros. de Gervasio García Serantes, el 27.4.2018; hdros. de José Lema Castro, el 27.4.2018; Mª del Carmen Lema Varela, el 27.4.2018; Cecilia Martelo Villanueva, Lucinda Andrade Villanueva y Carmen Andrade Villanueva, el 27.4.2018; hdros. de Carmen Ferreiro Costa, el 27.4.2018; Centeno Souto, el 27.4.2018; Manuel Ouréns Figueira, el 27.4.2018; Hermanos Gómez Collazo, el 27.4.2018; hdros. de José Antonio Ferreiro Centeno, el 27.4.2018; hdros. de Rosa Pasandín Ferreiro, el 27.4.2018; Manuela Cotelo Méndez, el 27.4.2018; Rosa Castro Lema, el 27.4.2018; Manuela Castro Pailos, el 27.4.2018; hdros. de Carmen Chans Camiño, el 27.4.2018; Dolores Lema Gómez, el 27.4.2018; Carmen Camiño Antelo, el 27.4.2018; Áurea Ouréns Saleta, el 27.4.2018; Eduardo José Lema Camiño, el 27.4.2018; M. Rosa Blanco Camiño, el 27.4.2018; hdros. de Manuel Fariña García, el 27.4.2018; Dolores Ouréns Figueira, el 27.4.2018; Avelina Puñal Pailos, el 27.4.2018; Manuel Varela Suárez y Antonio Varela Suárez, el 27.4.2018; Nieves García Álvarez, en el nombre de hdros. de Gervasio García Serantes, el 3.5.2018; Ignacio Rial Cereijo, el 3.5.2018; Manuel Pose Carneiro, el 3.5.2018; Rosa Méndez López, el 4.9.2018; Jesús Ramón Suárez Torrado, el 4.5.2018; Manuel Enrique Suárez Torrado, el 4.5.2018; Manuel Ferreiro García, en nombre de hdros. de Jesusa García Moreira, el 5.5.2018; Emilia Blanco Ferreiro, Perfecto Blanco Ferreiro, Teresa Blanco Ferreiro, Andrea Blanco Puñal, Demetrio Blanco Puñal y Manuel Blanco Puñal, el 5.9.2018; Dolores Ouréns Torrado, el 5.9.2018; Ángela Varela Souto, el 5.9.2018; hdros. de Julio Figueroa Neira, el 5.9.2018; José Mª Cousillas Pailos, el 5.9.2018; Joaquín Pombo Chans, el 5.9.2018; Josefa Ouréns Torrado, el 5.9.2018; José Ouréns Torrado, el 5.9.2018; Manuel Castro Calvo, Jesús Ouréns Calvo, José M. Ouréns Calvo, Josefa Ouréns Calvo, Natalia Ouréns Calvo, Teresa Ouréns Calvo, Manuel V. Ouréns Torrado, Cesáreo Ouréns Varela y Serafín Ouréns Varela, el 5.9.2018; Manuel Castro Calvo, Jesús Ouréns Calvo, José M. Ouréns Calvo, Josefa Ouréns Calvo, Natalia Ouréns Calvo, Julio Ouréns Calvo, Manuela Ouréns Calvo, el 5.9.2018; Adelaida Centeno Doldán, el 7.5.2018; Teresa Moreira Varela, el 8.5.2018; hdros. de Ramón Torrado Baña, el 10.5.2018; Jesús Puñal Méndez, el 23.8.2018; Manuel Puñal Méndez, el 23.8.2018; BNG de Ponteceso, el 12.11.2018; Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galicia, el 13.11.2018; José Ramón Dourado Lema, el 5.12.2018 y el 7.1.2019.

ANEXO II

Relación de bienes y derechos afectados (RBDA)

Parcela

Propietario

Afecciones (m2)

Datos catastrales

Apellidos y nombre

Pleno dominio

Serv. de paso

Serv.

vuelo

Ocup.

temp.

Ayuntamiento

Pol.

Parc.

Lugar

Cim.

Plat.

Sub.

Vial

Zanja

27

Ponteceso

97

775

Campo

Atordado

Suárez Camiño María

 

 

 

161,49

 

 

 

33

Ponteceso

97

724

Castelo

Torrado Ferreiro Clarisa

 

 

 

95,99

 

 

 

35

Ponteceso

97

612

Castelo

Baneira Camino Josefa, hdros. de

 

 

 

11,49

 

 

 

37

Ponteceso

97

613

Castelo

Baneira Varela Josefa

 

 

 

65,1

 

 

 

48

Ponteceso

97

598

Castelo

Desconocido

 

 

 

51,5

 

 

 

60

Ponteceso

97

385

Campaíña

Suárez Camiño María

 

 

 

577,26

 

 

 

61

Ponteceso

97

994

Campaíña

Hdros. de Ramón Chans Martínez

 

 

 

200,81

 

 

 

Rpte.: Ramón Chans Bermúdez

62

Ponteceso

97

383

Campaíña

Chans Martínez Dolores

 

 

 

258,59

 

 

 

63

Ponteceso

97

993

Campaíña

Chans Pailos Alicia

 

 

 

50,12

 

 

 

Chans Pailos Mª Carmen

65

Ponteceso

97

349

Ventoseiro

Torrado Ferreiro Josefa, hdros. de

 

 

 

16,32

 

 

 

67

Ponteceso

97

347

Ventoseiro

Nuñel Baneira Jesús, hdros. de

 

 

 

179,58

 

 

7,17

72

Ponteceso

97

339

Das Rosas

Puñal Méndez Manuel

108,1

120,75

 

741,77

50,64

3225,8

14,32

Puñal Méndez Jesús

79

Ponteceso

97

293

Mato Vello

Baneira Varela Josefa

 

993,91

 

896,61

 

206,46

4,41

Suárez Mira Santiago

81

Ponteceso

97

289

Mato Vello

Hdros. de Ramón Chans Martínez

 

 

 

 

 

516,21

 

Rpte.: Ramón Chans Bermúdez

88

Ponteceso

97

263

Mato Vello

Varela Chans María Jesús, hdros. de

 

 

 

 

 

945,11

 

90

Ponteceso

97

297

Rosas

Torrado Baña Josefa

 

 

 

265,28

29,89

 

123,84

93

Ponteceso

97

291

Mato Vello

Baneira Varela Josefa

 

 

 

11,1

8,92

 

29,34

Suárez Mira Santiago

98

Ponteceso

97

357

Chousas Novas

Martínez Méndez Manuela

 

 

 

39,08

8,77

 

27,71

103

Ponteceso

97

362

Chousas Novas

Méndez Ouréns María

 

 

 

164,79

41,53

 

119,73

104

Ponteceso

97

363

Figueiro Longo

Lema Gómez Eduarda, hdros. de

 

 

 

120,59

 

 

 

Lema Castro Modesto, hdros. de

108

Ponteceso

97

145

Mato Redondo

Desconocido

 

 

 

191,02

30,36

 

93,91

109

Ponteceso

97

146

Curros das Cabras

Puñal Méndez Jesús y Manuel

 

 

 

88,19

13,49

 

43,81

111

Ponteceso

97

148

Mato Redondo

Méndez Suárez Jesús

 

 

 

580,47

84,01

 

262,63

126

Ponteceso

98

181

Xalleira da

Fontenla

Hdros. de Rosa Camiño Méndez

 

 

 

 

14,97

 

76,79

Rpte.: Isabel Chans Camiño

132

Ponteceso

98

191

Fontenla

Torrado Martínez Serafín

 

 

 

 

29,35

 

141,29

142

Ponteceso

98

998

Fontenla

Desconocido

 

 

 

 

3,47

 

18,33

144

Ponteceso

98

995

Fontenla

Vidal Centeno Jesús, hdros. de

 

 

 

 

2,3

 

12,1

153

Ponteceso

98

195

Fontenla

Baneira Varela Josefa

 

 

 

 

32,58

 

151,85

Suárez Mira Santiago

158

Ponteceso

98

318

Santander

Doldán Fondo Eduarda

 

 

 

54,72

5,84

 

15,94

159

Ponteceso

98

316

Santander

Canto Martínez Ramón

 

 

 

115,57

13,62

 

20,71

160

Ponteceso

98

315

Santander

Ferreiro Montáns Luis

 

 

 

319,06

32,75

 

115,02

González Núñez M. Luz

169

Ponteceso

98

310

Alve

Moreira Varela Luis Manuel

 

 

 

2.061,18

118,48

 

319,8

175

Ponteceso

98

370

Alve

Martínez Méndez Manuela

 

 

 

318,14

28,62

12,97

 

187

Ponteceso

98

934

Antes

Torrado Ferreiro Clarisa

 

 

 

 

7,48

 

48,18

188

Ponteceso

98

933

Antes

García Lema Flora

 

 

 

 

7,57

 

49,75

190

Ponteceso

98

931

Antes

García Lema Flora

 

 

 

 

6,24

 

41,71

192

Ponteceso

98

929

Antes

Desconocido

 

 

 

 

18,98

 

155,2

193

Ponteceso

98

928

Camposiña

Gómez Facal Manuel, hdros. de

 

 

 

 

11,96

 

73,6

Castro Lema Carmen, hdros. de

194

Ponteceso

98

927

Antes

Desconocido

 

 

 

 

11,41

 

71,67

195

Ponteceso

98

855

Campos de Roncudo

Moreira Varela Teresa

 

 

 

 

5,54

 

34,79

196

Ponteceso

98

917

Agra de Arriba

Camiño Lema Manuel

 

 

 

 

1,94

 

12,05

197

Ponteceso

98

918

Agra de Arriba

Camiño Lema Matilde

 

 

 

 

2,89

 

18,1

200

Ponteceso

98

919

Campos

Lema Pose Serafín, hdros. de

 

 

 

 

3,72

 

23,38

201

Ponteceso

98

920

Campos

Gómez Puñal Andrea y otros

 

 

 

 

3,95

 

24,83

203

Ponteceso

98

922

Campos

Lema Camiño Eduardo José

 

 

 

 

3,16

 

20

204

Ponteceso

98

923

Campos

Doldán Varela Jesús

 

 

 

 

4,3

 

27,35

206

Ponteceso

98

323

Campos

Ferreiro Chans Manuel, hdros. de

 

 

 

 

13,25

 

82,79

222

Ponteceso

199

605

Agra do Curro

Lema Pose Serafín, hdros. de

 

 

 

12,53

6,96

 

23,21

224

Ponteceso

199

603

Agra do Curro

Lema Gómez Dolores

 

 

 

53,05

10,28

 

36,72

228

Ponteceso

199

522

Costa de Blanco

Lema Martínez Concepción

 

 

 

98,55

23,04

 

96,77

235

Ponteceso

199

614

Curro

Desconocido

 

 

 

 

27,48

 

155,15

236

Ponteceso

199

518

Curro

Alvarellos Vilar Francisca

 

 

 

 

 

 

5,67

239

Ponteceso

199

515

Curro

Novo Méndez José

 

 

 

 

15,55

 

51,46

240

Ponteceso

199

514

Curro

Piñeiro Anido Manuel

 

 

 

 

13,2

 

45,4

241

Ponteceso

199

512

Curro

Cousillas Costa José Antonio

 

 

 

 

18,21

 

59,64

242

Ponteceso

199

511

Curro

Blanco Gómez Jesús

 

 

 

 

26,03

 

120,17

244

Ponteceso

199

509

Curro

Souto Chans Rosa

 

 

 

 

9,28

 

48,94

245

Ponteceso

199

508

Curro

Souto Chans Josefa

 

 

 

 

7,86

 

41,1

246

Ponteceso

199

507

Curro

Souto Chans Clara

 

 

 

 

8,45

 

42,44

247

Ponteceso

199

620

Curro

Souto Chans Clara

 

 

 

 

34,73

 

158,31

248

Ponteceso

199

430

Chousa dos Curros

Camiño Antelo Carmen

 

 

 

 

66,31

 

323,22

251

Ponteceso

199

631

Castelo

Gómez Jesús

 

 

 

 

20,39

 

75,86

252

Ponteceso

199

630

Castelo

Calvo Castro Manuel, Ouréns Calvo Jesús

 

 

 

 

15,09

 

59,17

Ouréns Calvo José M., Ouréns Calvo Josefa

Ouréns Calvo Julio, Ouréns Calvo Manuela

Ouréns Calvo Natalia, Ouréns Calvo Teresa

Ouréns Torrado Manuel V., Ouréns Varela Cesáreo

Ouréns Varela Serafín

253

Ponteceso

199

629

Castelo

Ouréns Doldán José María

 

 

 

 

17,13

 

73,25

254

Ponteceso

199

628

Castelo

Lema Pose Serafín, hdros. de

 

 

 

 

24,29

 

102

255

Ponteceso

199

480

Cairo

Ferreiro Cousillas Carmen

 

 

 

 

7,06

 

26,07

256

Ponteceso

199

621

Cairo

Desconocido

 

 

 

 

6,73

 

27,17

257

Ponteceso

199

622

Cairo

Desconocido

 

 

 

 

8,81

 

34,38

258

Ponteceso

199

623

Cairo

Desconocido

 

 

 

 

7,92

 

33,97

259

Ponteceso

199

624

Cairo

Desconocido

 

 

 

 

7,6

 

33,23

260

Ponteceso

199

625

Cairo

Desconocido

 

 

 

 

9,05

 

36,95

261

Ponteceso

199

626

Cairo

Bernárdez Pastoriza Amelia

 

 

 

 

7,28

 

26

262

Ponteceso

199

627

Cairo

Bernárdez Pastoriza Josefa

 

 

 

 

9,35

 

29,01

263

Ponteceso

199

488

Cairo

Souto Pastoriza Dolores

 

 

 

 

2,33

 

8,41

266

Ponteceso

199

474

Cairo

Calvo Castro Manuel

 

 

7,01

24,9

Ouréns Calvo Jesús

Ouréns Calvo José María

Ouréns Calvo Josefa

Ouréns Calvo Julio

Ouréns Calvo Manuela

Ouréns Calvo Natalia

267

Ponteceso

199

473

Cairo

Mosquera San Millán Consuelo

 

 

 

 

7,15

 

25,14

268

Ponteceso

199

472

Cairo

Ramos Mosqueira Antonio

 

 

 

20,51

8,67

 

33,1

Ramos Mosqueira Aurelia

Ramos Mosqueira M. Jesús

Ramos Mosqueira Manuel

269

Ponteceso

199

471

Cairo

Chans Alejandrina

 

 

 

14,91

10,4

 

30,02

270

Ponteceso

199

470

Cairo

García Cousillas Elvira

 

 

 

39,29

8,58

 

23,9

272

Ponteceso

199

468

Cairo

Bernárdez Pose Estrella

 

 

 

114,83

12,59

 

35,62

274

Ponteceso

199

466

Cairo

Ouréns Torrado Vicente, hdros. de

 

 

 

119,26

14,86

 

43,12

275

Ponteceso

100

2408

Cairo

Piñeiro Mosquera Elvira

 

 

 

523,06

52,72

 

156,29

276

Ponteceso

100

986

Cairo

Piñeiro Mosquera Elvira

 

 

 

7,48

 

 

 

279

Ponteceso

100

1005

Cairo de Arriba

Neira Barreiro José

 

 

 

102,34

10,07

 

23,42

280

Ponteceso

100

1006

Cairo de Arriba

Neira Barreiro Ramón

 

 

 

36,28

0,35

 

3,2

281

Ponteceso

100

1007

Cairo de Arriba

Neira Barreiro Dolores

 

 

 

59,51

 

 

0,16

282

Ponteceso

100

1008

Cairo de Arriba

Neira Barreiro Eliseo

 

 

 

46,58

 

 

 

284

Ponteceso

100

1010

Cairo de Arriba

Rúa Pastoriza Jesusa

 

 

 

 

1,33

 

14,13

286

Ponteceso

100

1055

Granxa

Fuentes Vidal José María

 

 

 

8,7

6,03

 

19,59

287

Ponteceso

100

2411

Granxa

Desconocido

 

 

 

75,05

13,77

 

41,58

288

Ponteceso

100

2412

Granxa

Desconocido

 

 

 

27,26

7,06

 

19,43

289

Ponteceso

100

2413

Granxa

Desconocido

 

 

 

26,96

9

 

24,77

290

Ponteceso

100

1066

Granxa

Cambón Beres José

 

 

 

60,82

14,71

 

44,68

292

Ponteceso

100

1068

Granxa

Chans Blanco Leonarda

 

 

 

44,29

13,65

 

47,79

293

Ponteceso

100

1069

Granxa

Chans Ferreiro M. Jesús

 

 

 

32,56

9,94

 

34,79

295

Ponteceso

100

1071

Canleiro

Desconocido

 

 

 

21,17

9,2

 

29,67

296

Ponteceso

100

1072

Canleiro

Desconocido

 

 

 

35,11

9,23

 

25,34

298

Ponteceso

100

2415

Canleiro

Rey Ferreiro Jesús

 

 

 

25,97

5,9

 

16,23

299

Ponteceso

100

2416

Canleiro

Desconocido

 

 

 

45,94

10,59

 

31,09

300

Ponteceso

100

2417

Canleiro

Souto Chans Manuel

 

 

 

21,82

5,78

 

17,44

301

Ponteceso

100

2418

Canleiro

Alfonso Cruz Benigno, hdros. de

 

 

 

19,48

7,94

 

24,3

Manuel Fco. Ferreiro Centeno

302

Ponteceso

100

2419

Canleiro

Figueroa Lista Andrés

 

 

 

5,04

13,13

 

39,71

303

Ponteceso

100

1122

Canleiro

Desconocido

 

 

 

21,03

 

 

 

304

Ponteceso

100

1123

Canleiro

Souto Chans Manuel

 

 

 

9,88

 

 

 

305

Ponteceso

100

1124

Canleiro

Alfonso Cruz Benigno

 

 

 

15,21

 

 

 

Hdros. Manuel Fco. Ferreiro Centeno

306

Ponteceso

100

1125

Canleiro

Figueroa Lista Andrés

 

 

 

22,19

 

 

 

Hdros. de Alejo Figueroa Soto

308

Ponteceso

100

2420

Bartola

Cousillas Varela María

 

 

 

40,5

 

 

 

309

Ponteceso

100

1346

Bartola

Cousillas Varela María

 

 

 

128,16

22,94

 

62,45

311

Ponteceso

100

1353

Agro das Moas

Saleta Josefa

 

 

 

32,29

13,43

 

44,85

312

Ponteceso

100

2427

Bartola

Neira Martínez Rosa

 

 

 

138,53

 

 

 

314

Ponteceso

100

1342

Bartola

Mosquera Fuentes Luis

 

 

 

210,01

95,23

 

257,01

316

Ponteceso

100

1340

Bartola

Bello Chaus Natalia

 

 

 

 

 

 

3,64

317

Ponteceso

100

1339

Bartola

García Canizas Generosa

 

 

 

109,34

41,79

 

108,2

318

Ponteceso

100

1336

Bartola

Cousillas Ferreiro Bautista

 

 

 

26,49

6,12

 

18,03

319

Ponteceso

100

1335

Bartola

Souto Cousillas Rosa

 

 

 

24,35

11,55

 

33,15

320

Ponteceso

100

1334

Bartola

Cousillas Rodríguez Francisco

 

 

 

25,4

9,12

 

24,48

321

Ponteceso

100

1333

Bartola

Cousillas Rodríguez Manuela

 

 

 

28,24

9,92

 

26,18

322

Ponteceso

100

1201

A de Ignacio

Ramos Mosqueira Antonio

 

 

 

215,82

 

 

 

Ramos Mosqueira Aurelia

Ramos Mosqueira M. Jesús

Ramos Mosqueira Manuel

323

Ponteceso

100

1320

Rociñas

Piñeiro Anido Eulogia

 

 

 

132,02

 

 

 

324

Ponteceso

100

1319

Rociñas

Camiño Ouréns Peregrino

 

 

 

23,74

 

 

 

327

Ponteceso

100

1317

Rociñas

Cousillas Pailos José María

 

 

 

8,8

 

 

 

328

Ponteceso

100

1318

Rociñas

Facal Jesús

 

 

 

182,07

8,87

 

22,4

329

Ponteceso

100

1303

Rociñas

Neira Cousillas Antonia

 

 

 

192,84

14,88

 

41,35

331

Ponteceso

100

1304

Rociñas

Figueroa Pombo Andrés

 

 

 

110,65

35,19

 

101,47

332

Ponteceso

100

1683

Brañas

Josefa Figueiras García

 

 

 

180,52

 

 

 

333

Ponteceso

100

1682

Brañas

Collazo Correa Lucinda

 

 

 

124,15

46,59

 

133

336

Ponteceso

100

1664

Brañas

Cousillas Collazo Ramón

 

 

 

 

10,78

 

23,03

337

Ponteceso

100

1665

Brañas

Cousillas Collazo Manuela

 

 

 

2,78

8,46

 

23,46

338

Ponteceso

100

1666

Brañas

Cousillas Collazo Elvira

 

 

 

6,22

10,66

 

29,49

339

Ponteceso

100

1667

Brañas

Collazo Correa Lucinda

 

 

 

17,56

48,62

 

134,44

340

Ponteceso

100

1714

Brañas

Costa Suárez Josefa

 

 

 

60,56

5,51

 

20,65

341

Ponteceso

100

1715

Brañas

Suárez Varela Teresa

 

 

 

72,98

8,4

 

31,5

342

Ponteceso

100

1716

Brañas

Varela Centeno Josefa

 

 

 

8,66

6

 

22

344

Ponteceso

100

1841

Tercios

Hermanos Gómez Collazo

 

 

 

 

 

14,59

 

345

Ponteceso

100

1842

Tercios

Filomena Facal García

 

 

 

 

 

72,18

 

347

Ponteceso

100

1844

Tercios

Cousillas García Andrés

 

 

 

 

 

134,05

 

348

Ponteceso

100

1867

Tercios

Rodríguez Candelaria

 

 

 

 

 

4,44

 

349

Ponteceso

100

1955

Tercios

Souto Chans Josefa

 

215,29

 

 

 

735,2

 

350

Ponteceso

100

1956

Tercios

Souto Chans Rosa

345,64

377,69

 

 

 

459,06

 

351

Ponteceso

100

1957

Tercios

Souto Chans Clara

0,72

303,86

 

 

 

793,15

 

352

Ponteceso

100

1952

Tercios

Castro Lema Patricio

 

 

 

 

 

1.265,7

 

353

Ponteceso

100

1951

Tercios

Saleta Doldán José María

 

 

 

 

 

207,89

 

354

Ponteceso

100

1950

Tercios

Desconocido

 

 

 

 

 

14,93

 

355

Ponteceso

100

1965

Chousas

Novas

Desconocido

 

 

 

 

 

275,56

 

356

Ponteceso

100

1964

Chousas

Novas

Pasandín Torrado Josefa

 

1,98

 

 

 

178,24

 

358

Ponteceso

100

1962

Chousas

Novas

Pasandín Souto Ramón

 

65,27

 

 

 

99,53

 

359

Ponteceso

100

1961

Chousas

Novas

Pasandín Torrado Carmen

 

41,19

 

 

 

178,44

 

360

Ponteceso

100

1960

Chousas

Novas

Pasandín Torrado Joaquín

 

 

 

 

 

27,13

 

361

Ponteceso

100

1959

Chousas

Novas

Hdros. de Manuel Pasandín Souto

 

 

 

 

40,28

 

95,05

363

Ponteceso

100

1966

Chousas

Novas

Gajino Cousillas Magdalena

 

 

 

 

21,32

 

127,59

365

Ponteceso

100

2037

Lagoas

Ramos Mosqueira Antonio

 

 

 

902,24

87,26

 

249,88

Ramos Mosqueira Aurelia

Ramos Mosqueira M. Jesús

Ramos Mosqueira Manuel

366

Ponteceso

100

2036

Lagoas

Pombo Ponte M. Jesús

 

 

 

91,04

7,98

 

18,05

367

Ponteceso

100

2035

Lagoas

Varela Pombo Segunda

 

 

 

63,33

5,5

 

12,42

368

Ponteceso

100

2034

Lagoas

Varela Centeno Josefa

 

 

 

72,83

5,99

 

13,53

369

Ponteceso

100

2033

Lagoas

Hdros. de Manuel Rey Ferreiro

 

 

 

93,21

7,53

143,89

3,6

370

Ponteceso

100

2032

Lagoas

Pombo Ponte M. Jesús

 

 

 

91

7,2

340,68

 

371

Ponteceso

100

2031

Lagoas

Ramos Mosqueira Antonio

 

 

 

93,86

7,32

445,84

 

Ramos Mosqueira Aurelia

Ramos Mosqueira M. Jesús

Ramos Mosqueira Manuel

373

Ponteceso

100

2029

Lagoas

Ramos Mosqueira Antonio

 

181,77

 

146,61

13,3

1.665,91

 

Ramos Mosqueira Aurelia

Ramos Mosqueira M. Jesús

Ramos Mosqueira Manuel

374

Ponteceso

100

2027

Lagoas

Cousillas Rodríguez Francisco

 

 

 

 

 

998,19

 

375

Ponteceso

100

2026

Lagoas

Hermanos Gómez Collazo

283

202,61

 

 

 

127,75

 

377

Ponteceso

100

2009

Lagoas

Saleta Doldán José María

 

 

 

 

 

26,51

 

378

Ponteceso

100

2010

Lagoas

Saleta Doldán Manuel

 

 

 

 

 

46,41

 

379

Ponteceso

100

2011

Lagoas

Pombo Chans Joaquín

 

 

 

 

 

44,34

 

380

Ponteceso

100

2024

Lagoas

Varela Pombo Segunda

5,09

336,89

 

 

 

92,21

 

381

Ponteceso

100

2023

Lagoas

Varela Centeno Josefa

58,26

83,03

 

 

 

191,88

 

382

Ponteceso

100

2061

Lagoas

Desconocido

 

 

 

 

 

432,39

 

384

Ponteceso

100

2012

Lagoas

Chans Fuentes María

 

15,72

 

 

 

43,46

 

385

Ponteceso

100

2013

Lagoas

García Figueroa Francisco

 

70,65

 

 

 

1,66

 

388

Ponteceso

100

2016

Lagoas

Santos Álvarez Alejo

 

121,84

 

46,93

1,02

 

2,67

389

Ponteceso

100

2021

Lagoas

Desconocido

 

586,16

 

 

 

302,5

 

390

Ponteceso

100

2020

Lagoas

Suárez Varela Aurelio

 

118,06

 

 

7,88

514,58

9,14

391

Ponteceso

100

2019

Lagoas

Suárez Varela Teresa

 

19,04

 

 

10,68

217,42

29,34

392

Ponteceso

100

2062

Lagoas

Sánchez Souto Blandina

 

 

 

 

 

34,2

 

Gómez Gómez Manuela, M. Cruz y Raquel

Gómez Sánchez José Luis y Álvaro

395

Ponteceso

100

2071

Lagoas

Suárez Pailos Casilda

 

 

 

290,92

21,13

 

156,25

396

Ponteceso

100

2127

Lagoas

Suárez Varela Jesús

 

 

 

34,43

 

 

 

397

Ponteceso

100

2126

Lagoas

Suárez Varela Aurelio

 

 

 

76,13

 

 

 

399

Ponteceso

100

2073

Lagoas

Castro Regueira Josefa

 

 

 

54,34

7,14

 

16,03

401

Ponteceso

100

2075

Lagoas

Ouréns Torrado Teresa

 

 

 

45,83

7

 

15,71

406

Ponteceso

100

2121

Lagoas

Suárez Pailos Casilda

 

58,21

 

20,83

 

 

 

407

Ponteceso

100

2118

Lagoas

José Neira

 

209,21

 

 

 

 

 

408

Ponteceso

100

2116

Lagoas

Chans Neira Josefa

 

331,96

 

 

 

 

 

409

Ponteceso

100

2113

Lagoas

Sánchez Souto Blandina

51,86

1.459,94

 

 

 

122,5

 

Gómez Gómez Manuela, María Cruz y Raquel

Gómez Sánchez José Luis y Álvaro

410

Ponteceso

100

2112

Lagoas

Vidal Torrado Adelaida

56,28

156,49

 

 

 

87,35

 

412

Ponteceso

100

2110

Lagoas

Cousillas Pailos José María

 

467,35

 

 

 

382,14

 

413

Ponteceso

100

2109

Lagoas

Sánchez Souto Blandina

 

20,04

 

 

 

391,58

 

Gómez Gómez Manuela, M. Cruz y Raquel

Gómez Sánchez José Luis y Álvaro

414

Ponteceso

100

2108

Lagoas

Santos Álvarez Alejo

 

 

 

 

 

559,89

 

417

Ponteceso

100

2105

Lagoas

Centeno García Rosa

 

 

 

 

 

93,42

 

419

Ponteceso

100

2117

Lagoas

Neira Figueroa Dolores

 

321,98

 

 

 

 

 

Figueroa Neira José

420

Ponteceso

100

2115

Lagoas

Vidal Torrado Adelaida

 

156,94

 

 

 

 

 

422

Ponteceso

100

2119

Lagoas

Suárez Pailos Casilda

 

66,14

 

 

 

309,39

 

426

Ponteceso

100

2148

A de Mourín

Varela Lema José

 

 

 

 

 

77,5

 

427

Ponteceso

100

2122

Lagoas

Hermanos Gómez Collazo

 

78,56

 

 

 

540,82

 

428

Ponteceso

100

2123

Lagoas

Ramón Pasandín Souto

 

 

 

 

 

564,5

 

475

Ponteceso

96

641

Cacharras

Villanueva Martelo Cecilia

 

 

 

277,54

 

 

 

Andrade Villanueva Lucinda

Andrade Villanueva Carmen

486

Ponteceso

96

9575

Ponteceso

Consellería de Medio Ambiente y

Ordenación del Territorio

 

 

 

638,25

 

 

 

489

Ponteceso

96

610-b

Romeán

Baneira Varela, Manuel

368,67

494

Ponteceso

97

352a

Mato Crego

Desconocido

 

462,42

 

 

 

 

 

509

Ponteceso

97

352-a

Mato Crego

Desconocido

 

 

 

106,8

 

199,85

 

510

Ponteceso

97

352-b

Mato Crego

Desconocido

 

 

 

273,75

 

1.601,32

 

511

Ponteceso

98

369

Alve

Lema Gómez Josefa

 

 

 

45,45

 

 

 

512

Ponteceso

98

842

Milleira de

Fontenla

Hdros. de Ouréns Varela, Concepción

45,78

521

Ponteceso

98

156-A

Casás

Méndez Chans, Carmen

718,87

1.002,75

522

Ponteceso

98

156-B

Casás

Méndez Chans, Carmen

237,06

147,42

523

Ponteceso

98

156-C

Casás

Méndez Chans, Carmen

1,72

352,36

524

Ponteceso

98

968-B

Campos

Hdros de Castro Lema, María y

hdros. de Gómez Facal, Manuel

10,64

525

Ponteceso

100

1062

Granxa

Desconocido

 

 

 

42,6

 

 

 

526

Ponteceso

100

1063

Granxa

Desconocido

 

 

 

18,98

 

 

 

527

Ponteceso

100

1064

Granxa

Desconocido

 

 

 

16,75

 

 

 

528

Ponteceso

100

1065

Granxa

Fuentes Vidal Manuel

 

 

 

65,46

 

 

 

530

Ponteceso

100

1074

Canleiro

Filgueira Torrado Ramón

 

 

 

59,62

 

 

 

531

Ponteceso

100

1075

Canleiro

Figueroa Pombo Cándida

 

 

 

36,03

 

 

 

532

Ponteceso

100

1121

Canleiro

Rey Ferreiro Jesús

 

 

 

14,82

 

 

 

533

Ponteceso

100

1668

Brañas

Desconocido

 

 

 

 

 

 

0,544

554

Ponteceso

199

636

Cairo

Ramos Mosqueira María Jesús

 

 

 

23,42

 

 

 

Hdros. de Ramos Mosqueira Aurelia y hdros. de Ramos Mosqueira Antonio