En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, y a los efectos previstos en el mismo, se hace público que en la correspondiente oficina pública de depósito de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales de esta secretaría general se acordó depositar el acuerdo de modificación de los estatutos de la Confederación Rexional do Traballo da Galiza (CNT).
Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Ámbito profesional: podrán afiliarse todos los trabajadores y trabajadoras manuales o intelectuales, en activo, en paro o que cesasen en su actividad, estudiantes, así como trabajadores y trabajadoras autónomas que no tengan personal asalariado a su cargo, independientemente de sus creencias políticas, religiosas o filosóficas.
Firmantes: Verónica Bouzas González, Isabel Nieto Carneiro y Carlos Criado Pérez.
Santiago de Compostela, 8 de junio de 2020
Covadonga Toca Carús
Secretaria general de Empleo