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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Lunes, 29 de junio de 2020 Pág. 25636

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (522/2019).

Yo, María Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento DSP 522/2019 de este juzgado de lo social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia.

Santiago de Compostela, 28 de octubre de 2019.

Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 522/2019 siendo parte en el mismo, como demandante, Sheila Martínez Couto, asistida por el letrado Sr. Castro Martínez, y, como demandados, González Arrebola, S.C., Macarena Arrebola Prieto, Juan Arrebola Prieto, que no comparecen pese a su citación en legal forma, sobre despido, ha pronunciado esta sentencia, en nombre del rey, con base en los siguientes

Fallo:

Se estima la demanda interpuesta por Sheila Martínez Castro frente a González Arrebola, S.C., Macarena Arrebola Prieto, Juan Arrebola Prieto y, en consecuencia:

Declaro improcedente el despido de la actora y condeno solidariamente a los demandados a que, a su opción, que deberán ejercer en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la letrada de la Administración de justicia de este juzgado de lo social, procedan: a) a la readmisión de la parte demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (3.6.2019) hasta que la readmisión tenga lugar, a razón de 44,38 euros diarios; b) o bien, a abonarle una indemnización por importe ascendente a 10.496,71 euros; con imposición del pago de honorarios de la asistencia letrada a la demandante en cantidad de 200 euros.

Sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Es indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado como depósito la cantidad de 300 euros en la cuenta de este juzgado, así como acreditar al anunciar el recurso haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre de este juzgado, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Están exentos de constituir el depósito y la consignación indicada las personas y entidades comprendidas en el apartado 4 del artículo 229 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Así lo acuerda, manda y firma Sandra María Iglesias Barral, magistrada del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Macarena Soledad Arrebola Prieto y a Juan Arrebola Prieto, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2020

La letrada de la Administración de justicia