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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 12 de junio de 2020 Pág. 23361

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO de notificación de auto de rectificación de error (PO 516/2017).

Yo, Sinesio Novo Fernández, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento ordinario 516/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Beatriz Carballo Díaz y Yolanda Ferreiro Carballo contra Samfigal Gestión Integral, S.L.U., sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 24 de enero de 2020 cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Parte dispositiva:

Dispongo:

1. Rectificar la sentencia de fecha 16 de enero de 2020 en los siguientes términos:

– En el párrafo tercero del hecho probado primero de la sentencia:

Donde dice: “Ambas están afiliadas a CC.OO. pero no ostentan ni ostentaron representación sindical de los trabajadores”; debe decir: “Ambas están afiliadas a UGT pero no ostentan ni ostentaron representación sindical de los trabajadores”.

2. Incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio a los autos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Contra este auto no cabe interponer recurso alguno distinto al que, en su caso, pueda interponerse frente a la resolución aclarada.

Así lo acuerda y firma el magistrado juez. Doy fe.

El magistrado juez. El letrado de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Samfigal Gestión Integral, S.L.U., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Lugo, 1 de junio de 2020

El letrado de la Administración de justicia