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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Viernes, 29 de mayo de 2020 Pág. 21745

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 66/2015).

Yo, Mª Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 66/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Beatriz Roo Rodríguez contra la empresa Servanza, S.L., Natalia Piñeiro Silva, Sandra Piñeiro Silva y Carlos Piñeiro Silva, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado decreto en fecha 18 de mayo de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva

Acuerdo:

Reabrir la presente ejecución por haber ingresado la AEAT, en la cuenta de este juzgado, la suma de 184,31 euros como consecuencia del embargo trabado sobre las devoluciones tributarias pendientes de abonar a Carlos Piñeiro Silva.

Transfiérase la cantidad obtenida (184,31 €) al Fogasa, dado que se subrogó por el total del principal adeudado.

Dar traslado a Beatriz Roo Rodríguez y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que, en el plazo de quince (15) días, puedan designar la existencia de nuevos bienes titularidad de la ejecutada y, en caso contrario, se declarará su insolvencia.

Los plazos comenzarán a constar una vez se alce la suspensión de los plazos procesales por la autoridad competente.

Notifíquese a las partes y a Servanza, S.L., por medio de edictos en el DOG, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta que no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición que se deberá interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de los (3) tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Servanza, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 18 de mayo de 2020

La letrada de la Administración de justicia