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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Miércoles, 20 de mayo de 2020 Pág. 20827

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 238/2017).

ETJ ejecución de títulos judiciales 238/2017.

Procedimiento origen: PO procedimiento ordinario 1000/2014.

Sobre ordinario.

Yo, Mª Iria Román Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales número 238/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Silvia Vázquez Cuesta contra la empresa David García Fanego, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado Decreto de 12 de mayo de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Parte dispositiva.

Acuerdo:

Reabrir la presente ejecución por haberse ingresado en la cuenta de este juzgado la suma de 1.021,27 euros, como consecuencia del embargo trabado sobre las devoluciones tributarias pendientes de abonar a David García Fanego, y transferir al Fogasa la cantidad de 695,88 euros, cantidad total por la que se subrogó, y transferir a Silvia Vázquez Cuesta 177,38 euros, en concepto de intereses de mora, teniéndose por cumplida la ejecución en cuanto a dicho extremo.

Que la presente ejecución quede en mi poder a fin de practicar la oportuna liquidación de intereses.

Los plazos comenzarán a contar una vez se alce la suspensión de los plazos procesales por la autoridad competente.

Notifíquese a las partes y a David García Fanego, por medio de edictos en el DOG, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta que no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo Social número 3 abierta en Banco Santander, cuenta nº 5076 0000 64 0238 17. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá ingresarse en la cuenta número 00493569920005001274, y en el campo “concepto” deberá indicar el número de cuenta “5076 0000 64 0238 17”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

La letrada de la Administración de justicia».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a David García Fanego, expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2020

La letrada de la Administración de justicia