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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Martes, 19 de mayo de 2020 Pág. 20645

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

EXTRACTO de la Resolución de 8 de mayo de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2020, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (código de procedimiento PR780A).

BDNS: 505746.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de 26 de marzo de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2020, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas (AFEDAP), cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de la línea en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones convocadas los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y demás entidades locales reconocidas en el artículo 2 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, reguladora de la Administración local de Galicia, que promuevan planes de formación para el personal empleado público, de carácter unitario o agrupado, dentro del ámbito del AFEDAP.

De conformidad con lo establecido en el artículo 6, segundo párrafo del AFEDAP, solo podrá ser beneficiaria de la línea en régimen de concurrencia no competitiva de las subvenciones convocadas la Federación Gallega de Municipios y Provincias.

Segundo. Objeto

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales de Galicia en el marco del AFEDAP (código de procedimiento administrativo PR780A).

Tercero. Bases reguladoras

Las bases que regirán serán las contenidas en la propia Resolución de 26 de marzo de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva y en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la financiación de planes de formación de las entidades locales de Galicia para el año 2020, en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las administraciones públicas.

Las bases se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Cuantía

La concesión de las subvenciones para los planes de formación objeto de esta resolución, se financiarán con cargo al crédito disponible en el presupuesto de la Escuela Gallega de Administración Pública por un importe de 403.843,50 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de esta convocatoria.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica da Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal y que figura como anexo I a la resolución de la convocatoria.

Para la presentación de las solicitudes podrán emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Las solicitudes deberán ir firmadas electrónicamente por la persona designada como representante de la promotora para el plan presentado. En los formularios normalizados se cubrirán todos los campos obligatorios sin añadir nuevos datos, y sin enmendar, variar o tachar su formato original. En caso contrario, las solicitudes no serán admitidas a trámite. Junto con la solicitud se anexarán copias digitalizadas de la documentación que se menciona en las bases de la convocatoria.

Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2020

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública