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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Lunes, 18 de mayo de 2020 Pág. 20478

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2020 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea C.M.C. IV.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión mortis causa de la batea C.M.C. IV y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

A) Antecedentes:

Primero. El 2 de mayo de 2012, María Elena Dieste Pérez, en representación de la comunidad de herederos de José Mariño Vázquez, solicitó autorización para la transmisión de las bateas C.M.C. IV y Juan XV, y se tramitaron los expedientes de transmisión mortis causa de las concesiones administrativas y de las mencionadas bateas. En ausencia de testamento y a los efectos de la identificación de las personas con derechos hereditarios, la interesada aporta declaración de herederos ab intestato del causante.

Segundo. Mediante la Orden de 28 de mayo de 2012 (DOG núm. 143, de 27 de julio) se autorizó la transmisión mortis causa de dichas bateas y de las concesiones administrativas a favor de María Elena Dieste Pérez (***2032**), María de las Mercedes Mariño Dieste (***3667**) y José Mariño Dieste (***6682**).

Tercero. Mediante el Decreto 301/2019 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ribeira, de 23 de septiembre de 2019, relativo a la liquidación de la sociedad de gananciales y liquidación y división de la herencia 159/2013, se acordó adjudicar a María Elena Dieste Pérez la batea C.M.C. IV.

Cuarto. En la escritura pública número 2012 de protocolización de operaciones particionales aprobadas judicialmente, formalizada el 18 de noviembre de 2019 ante el notario de Boiro, José Prieto Luengo, se le otorgó a María Elena Dieste Pérez la batea C.M.C. IV.

Quinto. El 18 de diciembre de 2019, María Elena Dieste Pérez solicitó autorización para la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea C.M.C. IV.

Sexto. La solicitante presenta toda la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

Séptimo. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea y de la Dirección General de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnológica sobre la tramitación del expediente son favorables.

B) Consideraciones legales y técnicas:

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre), con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 228, de 21 de noviembre), en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en aguas de Galicia (DOG núm. 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería

RESUELVE:

Primero. Revocar y dejar sin efecto la Orden de 28 de mayo de 2012 por la que se autoriza la transmisión mortis causa de la concesión administrativa y de la batea C.M.C. IV.

Segundo. Autorizar la transmisión mortis causa a favor de Mª Elena Dieste Pérez (***2032**) de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: C.M.C. IV.

Ubicación:

Cuadrícula nº 6.

Polígono: C.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante: concesión administrativa.

Orden de otorgamiento: 2.11.1968.

Fin de la vigencia: 15.12.2029.

Antiguos titulares: Mª Elena Dieste Pérez (***2032**), José Mariño Dieste (***6682**) y María de las Mercedes Mariño Dieste (***3667**).

Nueva titular: Mª Elena Dieste Pérez (***2032**).

La nueva titular de la concesión se subroga en los derechos y en las obligaciones de los anteriores titulares.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, que comenzarán a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 46.1 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Este plazo comenzará a contar desde el día siguiente a aquel en el que pierda vigencia el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y, en su caso, sus prórrogas, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación.

A Coruña, 24 de abril de 2020

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
El jefe territorial de A Coruña
P.D. (Resolución de 6.11.2019)
Mª José Cancelo Baquero
Jefa del Servicio de Recursos Marinos