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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Viernes, 15 de mayo de 2020 Pág. 20196

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Orden de 4 de mayo de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para la adjudicación de equipamientos de emergencias, en régimen de concurrencia competitiva, a ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes, mancomunidades o agrupaciones de ayuntamientos gallegos, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020 (código de procedimiento PR450A).

BDNS(identif.): 505068.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS):

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiadas

Podrán solicitar esta equipación los ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes, mancomunidades o agrupaciones de ayuntamientos gallegos que cumplan las siguientes condiciones:

a) Que el solicitante tenga una AVPC con personal voluntario operativo y asegurado, inscrita en el Registro de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, conforme a la Ley 5/2007, de 7 de mayo, y al Decreto 56/2000, de 3 de marzo; o que tuvieran presentada oficialmente la solicitud de inscripción de nueva AVPC en el mismo, quedando en este caso condicionada la concesión de la subvención a la efectiva inscripción, según se establece en el artículo 59 y concordantes del Decreto 56/2000, de 3 de marzo. Esta condición debe cumplirse, a más tardar, en el último día del plazo de presentación de solicitudes.

b) Tener presentadas las cuentas a las que se refiere el artículo 208 y siguiente del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, correspondientes al ejercicio presupuestario 2017, en el Consejo de Cuentas de Galicia.

c) Que no hayan recibido ayudas por parte de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia u organismos y entidades adscritas a esta para la misma equipación, en los últimos cinco años, incluido el 2019, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4.

d) Las mancomunidades o agrupaciones de ayuntamientos, en caso de prestar de manera mancomunada el servicio de protección civil y emergencia, tendrán que presentar su solicitud de forma conjunta y mancomunada, siendo incompatible con la solicitud individual de los ayuntamientos que compongan la entidad.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de equipamientos de emergencias a los ayuntamientos, mancomunidades y agrupaciones de ayuntamientos gallegos que cuenten con agrupaciones de voluntarios de protección civil inscritas en el Registro de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 4 de mayo de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el año 2020 para la adjudicación de equipamientos de emergencias, en régimen de concurrencia competitiva, a ayuntamientos de menos de 50.000 habitantes, mancomunidades o agrupaciones de ayuntamientos gallegos, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020 (código de procedimiento PR450A).

Cuarto. Importe

La actuación a desarrollar tiene naturaleza de subvención en especie, distribuyéndose el equipamiento a ceder en las siguientes líneas de ayuda:

Línea 1. 8 vehículos todo terreno tipo pick-up.

Línea 2. 12 remolques para la atención a las emergencias.

Línea 3. 37 tiendas de campaña para emergencias.

Línea 4. 4 UTV (Utility Task Vehicle) con clasificación T1b.

Línea 5. 12 cuchillas para la retirada de nieve.

Línea 6. 12 esparcidores de sal.

Línea 7. 4 embarcaciones neumáticas de salvamento y rescate.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 4 de mayo de 2020

Beatriz Cuiña Barja
Secretaria general técnica de la Consellería de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia