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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Miércoles, 13 de mayo de 2020 Pág. 20004

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 23 de abril de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras generales y se convocan para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a proyectos colectivos, financiados por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), que contribuyan a la protección y recuperación de la biodiversidad marina a través de una mejor gestión y conservación de los recursos marinos y de sus ecosistemas, así como al fomento de la sensibilización ambiental (código de procedimiento PE209C).

BDNS (Identif.): 505133.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cofradías de pescadores, las organizaciones de productores, las cooperativas del mar, las asociaciones de profesionales del sector y las demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector pesquero y tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras generales, y la convocatoria para el año 2020, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, que contribuyan a la protección y recuperación de la biodiversidad marina a través de una mejor gestión y conservación de los recursos marinos y de sus ecosistemas, así como al fomento de la sensibilización ambiental.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 23 de abril de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras generales y se convocan para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a proyectos colectivos, financiados por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), que contribuyan a la protección y recuperación de la biodiversidad marina a través de una mejor gestión y conservación de los recursos marinos y de sus ecosistemas, así como al fomento de la sensibilización ambiental (código de procedimiento PE209C).

Cuarto. Cuantía

En el año 2020 las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.723A.770.1, código de proyecto 201600293, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

El importe máximo de las subvenciones que se concedan en 2020 será de 5.000.000,00 euros y se distribuirán en las siguientes anualidades:

– Anualidad 2020: 2.500.000,00 euros.

– Anualidad 2021: 2.500.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Para la convocatoria de 2020 el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expirará el último día del mes.

De no agotarse el crédito disponible, o de resultar incrementado este posteriormente en virtud de renuncias, de modificación de resoluciones de otorgamiento o de dotaciones presupuestarias adicionales, se podrá emitir una nueva propuesta de resolución, en la cual se tendrán en cuenta las solicitudes que formen parte de la lista de reserva a que se refiere el artículo 19.2 de esta orden.

Conforme a lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, quedan en suspenso los términos y plazos recogidos en esta orden. El cómputo de los mismos se reanudara en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Santiago de Compostela, 23 de abril de 2020

María Isabel Concheiro Rodríguez-Segade
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar