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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Lunes, 20 de abril de 2020 Pág. 18539

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2020, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Marín y Pontevedra (expediente IN407A 2019/220-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Denominación: retranqueo LMTS LOZ813B y el CS Safricope-36CI40.

Situación: Marín y Pontevedra.

Características técnicas: LMT subterránea (actuación 1) a 20 kV con conductor tipo RHZ de 310 metros de longitud, con origen en la celda de la LMT del centro de transformación Estribela Relleno y final en la celda de la LMT del centro de seccionamiento proyectado Safricope. LMT subterránea (actuación 2) a 20 kV con conductor tipo RHZ de 97 metros de longitud, con origen en la celda de la LMT del centro de seccionamiento proyectado Safricope y final en el empalme a realizar en la arqueta existente en el tramo de la línea LOZ813B de cable RHZ1-240, hacía el CT Estribela. Centro de seccionamiento está localizado en la parcela de referencia catastral 5443001NG2954S0001FR. Las instalaciones están situadas en el muelle pesquero y en el margen de la avenida de Marín, en los ayuntamientos de Marín y Pontevedra.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19, de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el plazo indicado no comenzará a contar hasta la pérdida de vigencia del referido real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo en relación con la suspensión de plazos administrativos.

Pontevedra, 26 de marzo de 2020

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra