Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Miércoles, 25 de marzo de 2020 Pág. 17368

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 11 de marzo de 2020 por la que se notifica el acuerdo de inicio de procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación Nécora, varada en el puerto de Ribeira.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE nº 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a Juan Rafael Maneiro Piñeiro, con DNI ***8024**, y a Nancy Stella Victoria Álvarez, con DNI ***9597**, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Acuerdo de 18 de febrero de 2020 de la Presidencia de la entidad pública Puertos de Galicia que inicia procedimiento para la declaración de abandono de la embarcación de la que son copropietarios de nombre Nécora y folio 3ª-VILL-3-9714 varada en el puerto de Ribeira, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Este acuerdo se emite por encontrarse la embarcación varada sin actividad ni mantenimiento alguno en la rampa varadero del puerto de Ribeira y sin abonar tasas, desde que fue reflotada por personal de Puertos de Galicia tras su hundimiento en enero de 2020, en base a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 6/2017, de 12 de diciembre (DOG nº 236, de 14 de diciembre), de puertos de Galicia.

El órgano competente para la resolución de este procedimiento es la presidenta de Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 12.3, apartados a) y l), de la Ley 6/2017, de puertos de Galicia.

La instrucción del procedimiento recae en Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, siendo su régimen de recusación el consignado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE nº 236, de 2 de octubre), de régimen jurídico del sector público.

Se otorga al propietario del buque un plazo máximo de diez (10) días para formular alegaciones.

Se advierte, que de acuerdo con la normativa más arriba citada, llegado el término de declarar al buque abandonado, este pasará a ser propiedad de Puertos de Galicia, lo que no impedirá que todos los costes de tramitación o que generen las actuaciones a realizar sobre el buque sean a costa del anterior propietario.

Para su examen, el expediente se encuentra en las dependencias de los servicios centrales de Puertos de Galicia en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, Santiago de Compostela.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2020

Susana Lenguas Gil
Presidenta de Puertos de Galicia