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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Viernes, 6 de marzo de 2020 Pág. 15288

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Cambre

ANUNCIO de información pública sobre la pieza incidental para la valoración de derechos indemnizatorios del proyecto de expropiación forzosa por tasación conjunta para la ejecución del planeamiento en el ámbito de la carretera Cambre-O Temple, número 8.

En fecha 6 de febrero de 2020, el concejal delegado del Área de Urbanismo y Obras de esta corporación dictó resolución por la que se acuerda incoar expediente para la valoración de derechos indemnizatorios de arrendatario como pieza incidental del expediente de expropiación forzosa por tasación conjunta para la ejecución del planeamiento en el ámbito de la carretera Cambre-O Temple, nº 8 (esquina calle Carballo, nº 11) a fin de adquirir suelo destinado a espacios libres de dominio y uso público y a vía pública local por las normas subsidiarias de planeamiento de Cambre, aprobado definitivamente mediante Resolución municipal 1270/2018, de 28 de junio, y aprobar inicialmente la valoración de derechos indemnizatorios a tal fin redactada por el arquitecto Carlos Rodríguez Álvarez.

En cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente, se somete a información pública dicho proyecto de expropiación durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, para que los interesados puedan examinarlo en las oficinas del Área de Urbanismo, de 9.00 a 14.00 horas los días laborables, y formular las alegaciones, observaciones o reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo que se refiere a la titularidad o valoración de sus respectivos derechos.

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con los artículos 118.2 y 3 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia. Se informa de que contra este acuerdo, en cuanto acto de mero trámite que no pone fin a la vía administrativa, no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio del derecho a formular las alegaciones u observaciones que se consideren pertinentes.

Cambre, 13 de febrero de 2020

El alcalde
P.D. (Resolución 1323/2019, de 1 de julio)
Juan González Leirós
Concejal delegado del Área de Urbanismo y Obras