Mediante Resolución de 19 de diciembre de 2019 que fue publicada en el DOG número 14, de 22 de enero de 2020, se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria para el 2020.
El artículo 3.1 de las bases reguladoras prevé la posibilidad de redistribuir el presupuesto, si pasados diez días naturales desde la apertura del plazo de solicitudes, en alguno de las epígrafes no se registran solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles y en otros de los epígrafes existe lista de espera. El plazo de presentación de solicitud comenzó el día 10 de febrero y el día 21 de febrero existe listado de espera en la línea de Renovables eléctricas (RE) y en la de Proyectos de ahorro y eficiencia energética (PAE) al tiempo que no se registraron solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles en la línea de Renovables térmicas (RT).
El artículo 31 del Decreto 11/2009, establece que, cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.
Por todo lo anterior, y dado que en las aplicaciones presupuestarias correspondientes existe crédito disponible y con la finalidad de incrementar la eficacia administrativa y la eficiencia en la asignación de recurso públicos, maximizando el impulso de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria,
RESUELVO:
Primero. Redistribuir los fondos destinados a las subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables y de ahorro y eficiencia energética en las empresas de producción agrícola primaria para el 2020 en función del volumen de solicitudes recibido modificando la tabla del artículo 3.1 de la Resolución de 19 de diciembre de 2019 de la siguiente manera:
Distribución por línea de ayuda |
Aplicación presupuestaria |
Dotación presupuestaria inicial (€) |
Modificaciones (€) |
Dotación presupuestaria final (€) |
RT-Proyectos de energías renovables térmicas |
09.A2.733A.770.1 |
580.000,00 |
-140.000,00 |
440.000,00 |
RE-Proyectos de energías renovables eléctricas |
09.A2.733A.770.1 |
1.900.000,00 |
100.000,00 |
2.000.000,00 |
PAE-Proyectos de ahorro y eficiencia energética |
09.A2.733A.770.0 |
20.000,00 |
40.000,00 |
60.000,00 |
Total |
|
2.500.000,00 |
0,00 |
2.500.000,00 |
Segundo. La presente modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará la modificación del plazo establecido para presentar solicitudes.
Santiago de Compostela, 2 de marzo de 2020
Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia