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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Miércoles, 26 de febrero de 2020 Pág. 13494

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2020 por la que se convoca el curso monográfico Coeducación emocional: la educación emocional como herramienta para promover la igualdad.

Aprobado por el Consejo Rector el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) para el año 2020, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la EGAP, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio,

RESUELVO:

Convocar el curso monográfico Coeducación emocional: la educación emocional como herramienta para promover la igualdad, de acuerdo con las bases que se indican a continuación:

1. Objetivos.

Como principales objetivos de este curso pueden destacarse los siguientes:

• Dotar al alumnado de los conocimientos, competencias y aptitudes necesarias para coeducar (educar en igualdad), así como afrontar el desarrollo de programas de formación en igualdad de género.

• Contextualizar la igualdad en el marco socioeducativo, destacando herramientas y acciones adoptadas en lo relativo a la igualdad de género y oportunidades.

• Fomentar el empleo de herramientas propias de la educación emocional aplicadas a la educación en igualdad y a la prevención de la violencia de género, alentando las competencias socioemocionales como llave para el igual desarrollo de hombres y mujeres.

2. Contenidos.

Los temas principales a tratar en este curso pueden distribuirse en los siguientes bloques y sesiones:

– Bloque 1. Introducción. La construcción socioeducativa de la igualdad.

• Socialización, transmisión de valores y estereotipos e igualdad.

• Herramientas para coeducar y construir en igualdad.

– Bloque 2. Estrategias y herramientas prácticas de aplicación de la educación emocional a la promoción de la igualdad.

• Educar en autoconocimiento y autoestima: sentirse iguales.

• Empatía y respeto: ser iguales.

• Estrategias para la resolución de conflictos como herramienta para prevenir situaciones de violencia.

3. Personas destinatarias.

Personal empleado público, en situación de servicio activo o asimilada, de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia, de sus entes instrumentales y de las universidades del Sistema universitario de Galicia.

4. Desarrollo.

Lugar: Escuela Gallega de Administración Pública, calle Madrid, 2, 4, Santiago de Compostela.

Fechas: 9, 10, 16, 17 y 18 de marzo de 2020.

Horario: de 16.30 a 19.30 horas.

Horas lectivas: 15.

5. Número de plazas: 50.

6. Inscripción.

1. El plazo para la inscripción estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el día 2 de marzo de 2020.

2. Las solicitudes de participación en esta actividad formativa solo podrá realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 23.55 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Antes de formalizar su inscripción en esta actividad todas las personas deben introducir o actualizar los datos de su área de matrícula, de acuerdo a los requisitos de selección establecidos en el apartado 3 de esta convocatoria.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de la actividad solicitada y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

7. Comprobación de datos.

1. Para la tramitación del procedimiento se consultarán los datos de las personas interesadas necesarios para realizar el proceso de selección de esta actividad formativa.

2. La presentación de la solicitud comportará la autorización de la persona solicitante al órgano gestor para pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios de la EGAP.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán enviar un correo electrónico a novas.egap@xunta.gal con la indicación expresa a este respecto y adjuntando los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

8. Criterios de selección.

El orden de admisión vendrá determinada por la fecha y hora de presentación de las solicitudes.

9. Publicación de los listados del alumnado seleccionado.

La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en dicho curso, así como un número adecuado de reservas, en caso de que el número de solicitudes recibidas fuese superior al número de plazas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, ocupan un puesto más alejado en el listado de espera o se encuentran excluidas de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo, 6º, de la Resolución de 4 de enero de 2008, por la que se actualizan los criterios de participación en las actividades formativas de la EGAP (DOG núm. 7, de 10 de enero).

10. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia.

1. En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. Renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables responsables de los centros directivos.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia deberá ser comunicada enviando un correo electrónico a novas.egap@xunta.gal, con una antelación mínima de tres días anteriores al inicio de la actividad formativa, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre). En la página web de la Escuela estará disponible un modelo de renuncia.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa se realizarán controles de asistencia y puntualidad.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo especificado anteriormente perderán el derecho al certificado de asistencia de esta actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

11. Modificaciones.

1. La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este curso, así como la facultad de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización, en cuyo caso empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

2. La EGAP garantizará en la acción derivada de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

12. Certificado de asistencia oficial.

Al final del curso se emitirá un certificado electrónico de asistencia, descargable desde el área de matrícula (https://egap.xunta.gal/matricula/), a aquellas personas inscritas que participasen asiduamente y siempre que su asistencia fuese igual o superior al 90 % de las horas lectivas programadas. Este documento estará firmado electrónicamente por la EGAP e incluirá, de forma expresa, el contenido, la carga lectiva, la fecha y el lugar de realización del curso, así como un código de verificación electrónica (CVE) para contrastar su autenticidad.

Santiago de Compostela, 17 de febrero de 2020

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública