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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Viernes, 21 de febrero de 2020 Pág. 12569

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se hace público el agotamiento del crédito para las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.

La Resolución de 6 de septiembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se procede a la segunda convocatoria para el año 2019, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género (código de procedimiento SI461A), establece que se concederán subvenciones hasta el agotamiento del crédito presupuestario, según lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. El crédito destinado era de 538.551,68 euros.

El 6 de noviembre de 2019 mediante Resolución de la Secretaría General de la Igualdad se ampliaba la dotación presupuestaria en la cuantía de 353.021,28 euros y el plazo de formalización de los contratos.

De este modo para las subvenciones objeto de esta segunda convocatoria se destina un crédito por un importe total de 891.572,96 euros, que se imputará a la aplicación presupuestaria 05.11.313D.460.1 (código de proyecto 2018 00112) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el ejercicio 2019. Dicha partida presupuestaria se financia con fondos finalistas del Estado, que los presupuestos generales del Estado destinan al desarrollo o ampliación de las medidas recogidas en el Pacto de Estado contra la violencia de género.

Tal como se establece en el artículo 1.3 de la Resolución de 6 de septiembre de 2019, el procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y hasta el agotamiento del crédito presupuestario con las garantías previstas en el artículo 31.4 de dicha ley.

La disposición adicional segunda señala que el órgano gestor publicará el agotamiento de la partida presupuestaria e inadmitirá las posteriores solicitudes.

En virtud de lo expuesto anteriormente, y en uso de las facultades que tengo atribuídas,

RESUELVO:

Artículo único

Dar a conocer que el crédito presupuestario asignado a la financiación de las ayudas contenidas en la Resolución de 6 de septiembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se procede a la segunda convocatoria para el año 2019, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones destinadas al fomento de la contratación de mujeres que sufren violencia de género en el ámbito de colaboración con las entidades locales gallegas, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, quedó agotado con fecha de 20 de septiembre de 2019 con la solicitud presentada a las 00.16 horas.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2020

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad