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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Miércoles, 19 de febrero de 2020 Pág. 11626

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2020 por la que se convocan cursos de formación continua para el personal de los cuerpos de la policía local de los ayuntamientos de Galicia.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2020 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector, en su reunión celebrada el 14 de febrero de 2020, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2b) de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convocan los cursos de formación continua dirigidos a los/las policías locales de Galicia, correspondientes al primer semestre del año 2020, cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 17 de febrero de 2020

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Destinatarios/as

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata, en caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp durante un año a contar desde el día siguiente en que se tenga conocimiento del hecho, y en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal, cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Con carácter general, se reserva el 10 % de las plazas convocadas para personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que trabajen en Galicia, pudiendo ser superado dicho porcentaje en el supuesto de quedar plazas vacantes.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.

Segunda. Solicitudes

1. El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.gal), no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es necesario que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el número de teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones, en el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

2. La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

4. En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberá remitir a la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación (no será necesario, si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud).

a) Profesionales que estén disfrutando o han disfrutado en los dos últimos años, de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

5. Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria con el objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22) por correo electrónico (formacion.agasp@xunta.gal) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 25 de febrero de 2020 para los cursos programados para el mes de marzo y hasta el 16 de marzo el resto de los cursos programados.

7. El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

En caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp de manera automática elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

8. No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas, y el/la alumno/a no podrá participar en otros cursos durante un año desde que se detecte este hecho.

Tercera. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se indican, sin perjuicio que para cursos específicos se requieran otros diferentes, lo cual se indicará en la ficha de cada acción formativa concreta.

1. Menor número de cursos realizados en la Agasp en los dos últimos años.

2. Por orden de inscripción.

Tendrán preferencia en la selección los/las candidatos/as que estén disfrutando o disfrutaran, en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de la jornada o de una excedencia para el cuidado de familiares, siempre que cumplan con los requisitos objetivos para ser destinatarios del curso.

Además, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 7/2004, para la igualdad de hombres y mujeres, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas organizadas o financiadas por la Administración pública gallega, se reservará un 50 % de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Cuarta. Admisión

1. La Agasp publicará en su página web la relación de personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas con, al menos, 5 días antes del inicio de cada curso.

Los/las alumnos/as seleccionados/as serán informados/as de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar a los ayuntamientos de procedencia todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

2. El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificada o necesidad del servicio siempre que el/la jefe/a del cuerpo de la policía local del ayuntamiento en el que trabaje o persona responsable del mismo acredite documentalmente el hecho alegado.

En el caso de cambios de cuadrante o turnos de trabajo, deberá quedar acreditado suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a la solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que se convoquen por el Servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp y en que la persona figurara como posible destinataria, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que al menos tengan la misma carga horaria del curso por el que fue penalizado.

Quinta. Asistencia a los cursos

1. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos.

Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y, en ningún caso, podrá superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho a la expedición del diploma, en el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el Servicio de Formación en Seguridad Pública podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior, en todo caso para poder valorar esta posibilidad no puede transcurrir más de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada no solo dará lugar a la pérdida del derecho al diploma del curso, sino también a la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

2. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

Sexta. Certificación

En los cursos de aprovechamiento, el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se llevará a cabo al final de los mismos.

Séptima. Desarrollo de los cursos

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolver todas las contingencias e incidentes que puedan surgir.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a la organización, gestión y docencia.

ANEXO II

Código

Denominación

Horas

Plazas

Fecha de comienzo

Fecha final

201040

Reciclaje en materia de tiro

16

16

17.3.2020

18.3.2020

201041

Autoprotección táctica

8

20

17.3.2020

17.3.2020

201042

Conducción policial

12

16

6.3.2020

10.3.2020

201043

Conducción policial

12

16

6.3.2020

11.3.2020

201044

Habilidades sociales en el trato con la ciudadanía

16

25

23.3.2020

24.3.2020

201045

Operadores de radar

20

25

25.3.2020

27.3.2020

201046

Patrón de embarcaciones de recreo PER *

50

20

25.3.2020

6.5.2020

201047

Primeras actuaciones sanitarias ante incidentes de ambiente hostil (AMOK)

8

16

26.3.2020

26.3.2020

201048

Medición de ruidos

24

16

30.3.2020

1.4.2020

201049

Atención a los/las peregrinos/as

8

25

1.4.2020

1.4.2020

201050

Atención a los/las peregrinos/as

8

25

23.4.2020

23.4.2020

201051

Disciplina urbanística

8

25

2.4.2020

2.4.2020

201052

Actualización en normativa de armas y artículos pirotécnicos

4

25

3.4.2020

3.4.2020

201053

Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico

8

25

16.4.2020

16.4.2020

201054

Identificación de armas ocultas o camufladas

8

30

13.4.2020

13.4.2020

201055

Tiro nocturno en interiores y lugares cerrados

16

16

15.4.2020

16.4.2020

201056

Intervención policial con perros y demás animales

32

25

21.4.2020

12.5.2020

201057

Formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA)

8

16

7.4.2020

7.4.2020

201058

Formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA)

8

16

21.4.2020

21.4.2020

201059

Formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA)

8

16

12.5.2020

12.5.2020

201060

Formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA)

8

16

19.5.2020

19.5.2020

201061

Protocolo de actuación para dar respuesta a personas con discapacidad en situaciones de urgencia

8

25

22.4.2020

22.4.2020

201062

La detención policial

20

25

27.4.2020

29.4.2020

201063

Detección de drogas en la conducción

16

25

27.4.2020

28.4.2020

201064

Reciclaje policía administrativa

40

25

30.4.2020

28.5.2020

201065

Inspección ocular: la importancia de los primeros momentos

16

16

4.5.2020

5.5.2020

201066

Operativa policial nivel I

16

20

5.5.2020

6.5.2020

201067

Investigación de atropellos

20

25

24.3.2020

26.3.2020

201068

Inspección policial en establecimientos públicos

16

25

18.5.2020

19.5.2020

201069

Autocontrol y gestión del estrés

4

25

22.5.2020

22.5.2020

201070

Gestión emocional en situación de estrés

4

25

29.5.2020

29.5.2020

201071

Normativa de drones en el ámbito local

4

25

27.5.2020

27.5.2020

201072

Protocolos de actuación ante el maltrato animal

8

25

26.5.2020

26.5.2020

201073

El vehículo: documentación e identificación

32

25

18.5.2020

21.5.2020

201074

Reciclaje medio ambiente

40

25

2.6.2020

30.6.2020

201075

Responsabilidad jurídica en el uso de las redes sociales

4

25

5.6.2020

5.6.2020

201076

Conducción 4 x 4

16

16

10.6.2020

11.6.2020

201077

Protección del Patrimonio: El Camino de Santiago

8

25

17.6.2020

17.6.2020

201078

Protocolos de actuación policial ante delitos de odio

20

25

15.6.2020

17.6.2020

201079

Control de transportes por carretera: autorizaciones, permisos y tacógrafos

20

25

20.4.2020

22.4.2020

201080

Manejo y utilización operativa del bastón policial extensible

16

16

17.3.2020

26.3.2020

201081

Superior de Administración electrónica (presencial y online)

100

30

1.4.2020

30.6.2020

*No se reservan plazas para personal diferente a la policía local.