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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Viernes, 14 de febrero de 2020 Pág. 10395

IV. Oposiciones y concursos

Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2020 por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de evaluación colegiada, del puesto de jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados.

De conformidad con lo establecido en el Decreto 206/2005, de 22 de julio (DOG núm. 145, de 29 de julio), de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, así como en el artículo 3 de la Orden de la Consellería de Sanidad de 24 de mayo de 2006 (DOG núm. 106, de 5 de junio), por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 137/2019, de 10 de octubre (DOG núm. 208, de 31 de octubre) por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud, la Orden de 5 de julio de 2012 (DOG núm. 139, de 20 de julio) sobre delegación de competencias en órganos centrales y periféricos del Servicio Gallego de Salud, y el Decreto 142/2015, de 17 de septiembre, por el que se crea la Agencia de Sangre, Órganos y Tejidos y se aprueban sus estatutos (DOG núm. 197, de 15 de octubre),

RESUELVE:

Convocar, para su cobertura por el procedimiento de evaluación colegiada, la provisión del puesto de jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera. Objeto, funciones y retribución del puesto de trabajo

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión del puesto de jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, por el procedimiento de evaluación colegiada.

Las funciones del puesto convocado serán las de organización y gestión del área, y la coordinación, en su caso, de las unidades existentes en esta, al margen de las que le pudieran ser específicamente encomendadas por la dirección.

Las retribuciones serán las que correspondan en aplicación de las órdenes anuales de la Consellería de Hacienda por las que se dicten las instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica.

Segunda. Requisitos para participar en la convocatoria

Podrán participar en la presente convocatoria los/las interesados/as que en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos, que, para el caso de resultar adjudicatario/a del puesto convocado, se deberán mantener hasta el momento de toma de posesión:

1. Estar en posesión del título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Ciencia y Deporte, en la especialidad de Hematología y Hemoterapia.

2. Ostentar la condición de personal estatutario fijo licenciado sanitario en la especialidad de Hematología y Hemoterapia, en situación de servicio activo en instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud o ser titular de plaza vinculada docente-asistencial en la misma especialidad.

3. Tres años de experiencia profesional en la especialidad de Hematología y Hemoterapia en las instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud o desempeñando plaza vinculada docente-asistencial en la misma especialidad.

Tercera. Solicitudes y documentación

Los/las interesados/as en participar en la convocatoria deberán presentar solicitud, según modelo de instancia que se junta como anexo II, que estará a su disposición en los puntos de atención al trabajador (PAT) de la Dirección de Recursos Humanos y en la intranet de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, así como en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es).

Junto a la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación acreditativa de los requisitos y méritos del/de la interesado/a:

1. Documento de identificación: fotocopia del DNI, pasaporte o documento que acredite la identidad, debidamente compulsados.

2. Certificación expedida por el servicio de salud correspondiente, de que ostenta la condición de personal estatutario fijo licenciado sanitario en situación de servicio activo, en categoría y especialidad que habilite para el acceso a las plazas básicas de la correspondiente unidad. En el supuesto de desempeñar plaza vinculada docente asistencial, certificación expedida por el órgano competente de la correspondiente universidad.

3. Certificación expedida por el/los servicio/s de salud correspondiente/s, acreditativa de los tres años de experiencia profesional en la categoría que ostenta de licenciado sanitario, en la especialidad de Hematología y Hemoterapia, en las instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud, o en caso de plaza vinculada docente-asistencial, certificación emitida por el órgano competente que acredite la misma experiencia.

4. Currículo profesional. Se atenderá a la experiencia profesional y a las actividades, docentes y de investigación, indicativas de la actualización de conocimientos y aptitudes precisas para el desempeño de las correspondientes funciones y, en su caso, la implicación de los/las aspirantes en la gestión mediante la jefatura y coordinación de unidades y equipos, las tutorías y organización de formación, así como la participación en comités internos o proyectos institucionales. La acreditación de los méritos alegados deberá hacerse mediante la presentación de fotocopia compulsada.

Solo se tendrán en cuenta los méritos que el/la interesado/a reúna hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la convocatoria y que sean acreditados dentro de plazo de presentación de solicitudes.

5. Proyecto técnico relacionado con la gestión del área, que contendrá un programa de objetivos del mismo, cuantitativos y cualitativos en relación con los objetivos fijados por el órgano convocante, y que se recogen como anexo I de la presente resolución. El proyecto original se presentará en sobre cerrado y en soporte digital no modificable para su remisión a los miembros de la Comisión de Evaluación.

6. En caso de que el/la aspirante quiera hacer constar en la solicitud de participación el compromiso de desempeño de la jefatura convocada en régimen de dedicación exclusiva con la institución deberá adjuntar solicitud de percepción de complemento específico formulada en el modelo que figura como anexo III de la presente resolución.

La documentación correspondiente a los apartados 4 y 5 de las presentes bases deberá ser adjuntada necesariamente junto con la solicitud y no será, en ningún caso, susceptible de enmienda en un momento posterior. En el caso de insuficiente acreditación de los requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria, podrán ser subsanados en el plazo que establezca la lista provisional de admitidos y excluidos, de conformidad con lo establecido en la base sexta de la convocatoria.

La documentación del apartado 4, junto con la documentación de poseer la titulación y especialidad requerida, deberán ser registrados previo acceso al expediente-e (expediente electrónico profesional iniciado por Resolución de 15 de julio de 2011, DOG núm. 139, de 20 de julio), y todos ellos deberán ser validados en el sistema informático expediente-e.

Cuarta. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Las solicitudes se presentarán, junto con la documentación a aportar señalada en la base tercera, preferentemente en el Registro de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, sita en la calle Xoaquín Díaz de Rábago, 2-6, 15705 Santiago de Compostela, y demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Será causa de inadmisión en el citado procedimiento de provisión la presentación extemporánea de la solicitud por el/la interesado/a.

Los/las aspirantes quedan vinculados/as a los datos que hiciesen constar en su solicitud. El domicilio que figure en la misma se considerará como el único válido a efectos de notificaciones siendo responsabilidad exclusiva del/de la candidato/a tanto los errores en la consignación del mismo como la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio.

Quinta. Sistema de selección

La selección del/de la aspirante al puesto convocado se llevará a cabo, según lo dispuesto en el Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, y de la Orden de 24 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, por el procedimiento de evaluación colegiada, en la que se tomará en cuenta, tanto el currículo profesional como el proyecto técnico.

Sexta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, que se publicará en la manera definida en la base duodécima de la presente convocatoria, y en la cual se declarará aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, indicando, en este último caso, la causa de exclusión.

Los/las aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de 5 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar, en su caso, el defecto o defectos que motivasen la exclusión.

A tal efecto, la estimación de dichas peticiones de subsanación se entenderán implícitas en la resolución por la que se publique la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, contra la cual se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la lista definitiva.

Séptima. Comisión de Evaluación

Para la selección de los/las aspirantes, se constituirá una Comisión de Evaluación, que tendrá como finalidad evaluar la competencia de los/las candidatos/as y los méritos acreditados, y elevar la correspondiente propuesta de adjudicación del puesto a la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos.

La Comisión de Evaluación estará integrada por cinco miembros designados por la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos. Tendrá la siguiente composición:

• A propuesta de la directora de la Agencia de Sangre, Órganos y Tejidos, cuatro miembros que tendrán la condición de personal estatutario fijo, licenciado sanitario, en situación de activo en instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud, titular de plaza docente asistencial del mismo nivel o funcionario de las categorías sanitarias del grupo superior de clasificación, al menos dos tendrán la condición de jefe/a de servicio y dos, al menos, la condición de facultativo especialista de Hematología y Hemoterapia.

• A propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Gallego de Salud, un miembro, que tendrá la condición de personal estatutario fijo o funcionario de las categorías sanitarias del grupo superior de clasificación, o titular de plaza docente-asistencial del mismo nivel.

La Comisión será asistida por un/una secretario/a de actas designado/a por el órgano convocante entre personal funcionario del cuerpo superior o estatuario fijo, de gestión y servicios, del grupo superior de clasificación.

El órgano convocante publicará, en la forma establecida en la base duodécima, la resolución por la que se nombran los miembros de la Comisión de Evaluación.

Los/las citados/as miembros deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano que efectuó su nombramiento, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Asimismo, los/las aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando concurran las circunstancias previstas en el citado artículo.

En su funcionamiento, esta comisión se regirá por lo establecido en el título preliminar, capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

A efectos de comunicaciones, la Comisión tendrá su sede en la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, sita en la calle Xoaquín Díaz de Rábago, 2-6, 15705 Santiago de Compostela.

Corresponde a la Comisión de Evaluación en los términos y con los límites establecidos en el anexo IV de la resolución de convocatoria lo siguiente:

• Concretar en la valoración del currículo de los/las aspirantes la puntuación a otorgar por los méritos baremables, así como baremar los méritos aportados por los/las solicitantes.

• Convocar a los/las aspirantes para la celebración del acto público de defensa del currículo profesional y proyecto técnico.

Entre la citación indicada y su celebración deberá mediar un plazo mínimo de cinco días. La orden de actuación de los/las aspirantes ante la Comisión de Evaluación se iniciará alfabéticamente por el apellido a partir de la letra que resultó de un sorteo, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 30 de enero de 2020 (DOG núm. 27, de 10 de febrero). Aquellos/as aspirantes que, habiendo sido convocados en tiempo y forma, no comparezcan serán excluidos del citado procedimiento de provisión.

• Valorar el compromiso de dedicación exclusiva a la institución sanitaria durante el período de desempeño de la jefatura.

Tras el acto público referido, la Comisión elaborará un informe razonado, ajustado a criterios previamente establecidos, sobre la evaluación de los/las aspirantes, con asignación de la puntuación desglosada en los apartados de currículo profesional, proyecto técnico y, en su caso, compromiso de dedicación exclusiva.

Una vez finalizada la valoración, se procederá a publicar por la Comisión de Evaluación, en la forma establecida en la base duodécima, la lista provisional con las puntuaciones, desglosadas por apartados, asignadas a los/las aspirantes, o la propuesta de la Comisión de que se declare desierta la convocatoria, con apertura de un plazo de 15 días hábiles para la presentación, en su caso, de reclamaciones.

Después de la valoración de las reclamaciones por la Comisión de Evaluación, se publicará la lista con las puntuaciones definitivas o ratificación de la propuesta de que se declare desierta la convocatoria. Las reclamaciones formuladas contra la resolución provisional serán rechazadas o admitidas por medio de la resolución definitiva, que se publicará en la forma establecida en la base duodécima.

La convocatoria quedará desierta cuando no concurran aspirantes que reúnan los requisitos exigidos o después de la propuesta de la Comisión en el supuesto de que ningún de los/las aspirantes alcance 15 puntos en la evaluación del proyecto técnico de gestión del área.

Octava. Resolución

La resolución, con el nombramiento del/de la aspirante, en su caso, seleccionado/a, será publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Novena. Toma de posesión

El/la aspirante seleccionado/a deberá cesar en la plaza que desempeñe dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La toma de posesión del puesto de trabajo adjudicado deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si la plaza desempeñada y el puesto adjudicado son de la misma área de salud, o en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta área de salud. A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción o destino provisional o comisión de servicios.

Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición motivada del/de la interesado/a, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por el órgano convocante.

El plazo de toma de posesión y su prórroga tendrán la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes de conformidad con lo que establezca la orden sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica.

Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, y será declarado en esa situación por el órgano competente quien no se incorpore al puesto adjudicado en el plazo establecido.

Décima. Evaluación del desempeño de la jefatura

Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 206/2005, de provisión de puestos de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud y el artículo 11 de la Orden de 24 de mayo de 2006 por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, el/la aspirante nombrado/a será evaluado/a antes de que transcurran cuatro años desde su nombramiento a los efectos de prorrogar el desempeño de la jefatura por idéntico período de tiempo o proceder a su remoción del puesto de trabajo. En este último caso, se dará audiencia previamente al/a la interesado/a.

Undécima. Cese

Sin prejuicio de lo dispuesto en la base décima, los/las profesionales nombrados/as podrán ser cesados/as por el/la director/a por causas sobrevenidas, derivadas tanto de una reordenación de la estructura jerárquica de la institución como de la falta de capacidad para el desempeño del puesto.

El incumplimiento por el profesional nombrado del compromiso de dedicación exclusiva implicará la pérdida inmediata del puesto de jefatura, acordada por el mismo órgano que dispuso su nombramiento.

Duodécima. Normas generales

La publicación de los actos y resolución que se dicten en la tramitación de este procedimiento se realizará en el tablón de anuncios de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, en los puntos de atención al trabajador (PAT) de la Dirección de Recursos Humanos, en la intranet de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, así como en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es).

En lo no previsto en la presente convocatoria, se aplicarán supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.

Contra la presente resolución, podrá interponerse, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2020

María Luisa López García
Directora de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

ANEXO I

Plan de objetivos

Jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados

El proyecto debe, como mínimo, definir y desarrollar aspectos asistenciales, de investigación y docencia, en las áreas que se especifican a continuación:

1. Liderazgo, planificación y estrategia.

Objetivo

Indicador

1. Definir la misión del Área de Sangre dentro de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

– Elaboración del documento marco del funcionamiento del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados, dentro de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

2. Establecer las líneas estratégicas del área teniendo en cuenta las necesidades de las diferentes unidades de la agencia, así como las necesidades de donantes, servicios de transfusión hospitalarios, proveedores o socios tecnológicos

– Elaborar un documento de objetivos con la Dirección de la Agencia

3. Analizar la cartera de servicios y las necesidades de adaptación de la misma a nuevos entornos sociales, incluyendo las nuevas tecnologías y sistemas de información

– Informe de revisión de la cartera de servicios

– Definición de las áreas de especialización

4. Establecer las líneas de relaciones transversales entre las diferentes unidades a fin de mejorar la eficiencia en los procesos

– Procesos

2. Planificación, gestión y mejora de los recursos humanos.

Incluirá al personal facultativo adscrito a las distintas unidades, trabajadores de otras categorías profesionales pertenecientes a dichas unidades, así como el personal en formación.

Abordará aspectos como la organización del trabajo, la formación continuada, la motivación, la comunicación y el reconocimiento.

Objetivo

Indicador

5. Elaborará una planilla mensual de plan de trabajo, confrontándolo con los/las facultativos/as de las diferentes unidades

– El Área pondrá a disposición de la Dirección de la Agencia el Plan de trabajo mensual

6. Elaborará y hará llegar a la Dirección de la Agencia, el Plan de formación continuada anual del personal facultativo del área

– Plan de formación anual

3. Planificación y evaluación de alianzas internas y externas con:

Objetivo

Indicador

7. Desde el Área de la Sangre se establecerán alianzas de mejora del funcionamiento y la eficiencia con: servicios de transfusión hospitalarios, proveedores, centros de transfusión de otras CC.AA., grupos de trabajo en áreas relacionadas con la red hemoterápica, etc.

– Reuniones de seguimiento de la actividad: establecimiento de acciones de mejora

– Protocolos y procedimientos con los servicios de transfusión hospitalarios que mejoren el funcionamiento entre servicios y garanticen la continuidad asistencial

– Plan de participación en comités, planes y grupos de trabajo a nivel de la CC.AA. de Galicia y SNS

4. Identificación, diseño, gestión y mejora de procesos:

Objetivo

Indicador

8. Identificar los procesos de mayor transcendencia en el Área de la Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados

– Elaborar un mapa de procesos del Área

9. Para los procesos operativos:

Diseñar, desarrollar, implantar y definir responsabilidades, evaluar y planificar mejoras

– Resultados de evaluación de cada proceso

5. Resultados clave del Área.

Objetivo

Indicador

10. Identificar los resultados clave del Área y la forma de evidenciarlos

– Relación de indicadores claves (asistenciales, de investigación y docencia), con revisión anual

11. Definir los indicadores de los resultados clave y sus estándares en las áreas asistenciales, de calidad, seguridad e investigación

– Cuadro de mandos del Área

12. Cumplir los objetivos recogidos en el Plan de acción anual de la agencia

– Cuadro de mandos del Área

6. Resultados sobre los donantes, los pacientes, los profesionales y la sociedad.

Objetivo

Indicador

13. Identificar que tiene que conseguir el Área sobre donantes, pacientes, profesionales y sociedad y como lo identifica

– Relación y revisión anual de indicadores y estándares

14. Establecer los mecanismos de evaluación y medición de los indicadores que incidan sobre donantes, pacientes, profesionales y sociedad y que sean coherentes con las líneas estratégicas previamente establecidas

– Informe anual de resultados

ANEXO II

Solicitud de participación en la convocatoria del puesto de jefe/a del Área
de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados de la Agencia
Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

Resolución de la Agencia:

Nº DOG:

Fecha DOG:

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre:

NIF:

Dirección:

Población:

Provincia:

Teléfonos:

Correo electrónico:

Fecha de nacimiento:

Publicada la convocatoria indicada al principio, por la que se convoca la provisión del puesto de jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados y reuniendo los requisitos necesarios,

SOLICITA:

Sea admitida la presente solicitud para participar en la convocatoria para cobertura de la plaza convocada, y declara que son ciertos los datos que figuran en la solicitud.

En _________________________, _______ de _________________ de 2020

Firma ___________________________________

Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

Calle Xoaquín Díaz de Rábago, 2-6

15705 Santiago de Compostela

Modelo de relación de documentos que se adjuntan

Documentos y declaración que se adjunta a esta solicitud:

• Copia compulsada del DNI, pasaporte o documento que acredite la identidad del solicitante.

• Certificación acreditativa de tener plaza en propiedad como personal estatutario en situación de servicio activo y con tres años de experiencia en la categoría que ostente o de desempeñar plaza vinculada docente-asistencial con los mismos requisitos.

• Curriculum vitae.

• Proyecto técnico.

• Originales o copias compulsadas de la titulación y de los justificantes de los méritos  aportados.

• Manifiesta expresamente su compromiso de dedicación exclusiva a la institución sanitaria juntando, en su caso, el anexo III debidamente cumplimentado o declaración jurada de desempeñar plaza vinculada docente-asistencial en esa misma condición.

En Santiago de Compostela, ____ de ________________ de 2020

Fdo.:__________________________________

Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

Calle Xoaquín Díaz de Rábago, 2-6

15705 Santiago de Compostela

ANEXO III

Solicitud condicionada de percepción del complemento específico del puesto de jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre:

Categoría estatutaria:

Centro sanitario:

EXPONE:

Primero. Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 11/1995, de 20 de enero (DOG núm. 17, de 25 de enero) opta por desempeñar sus servicios para el Servicio Gallego de Salud en régimen de dedicación exclusiva.

Segundo. Que no desempeña ninguna otra actividad pública o privada por la que perciba retribución alguna que, de acuerdo con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades, resulte incompatible con la percepción del complemento específico previsto en el Real decreto ley 3/1987, de 11 de septiembre.

Por todo lo anterior,

SOLICITA:

Le sea aceptada la opción de prestación de sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, con la consiguiente percepción del complemento específico que corresponda de acuerdo con el sistema retributivo vigente.

Sin prejuicio de lo anterior, la validez y eficacia de la presente solicitud queda condicionada a la efectiva adjudicación del puesto convocado de jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados al/a la firmante. De no resultar adjudicatario/a del citado puesto se considerará la solicitud, como no presentada y sin validez.

En Santiago de Compostela, ___ de ______________ de 2020

Fdo.: __________________________

ANEXO IV

Evaluación del currículo profesional, proyecto técnico y dedicación exclusiva: jefe/a del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados

1. La puntuación total máxima del currículo profesional y del proyecto técnico será de 60 puntos con la siguiente ponderación:

1.1. Baremación del currículo profesional (máximo 30 puntos).

De conformidad con la base tercera de la convocatoria los méritos del currículo profesional se configuran con el carácter de méritos valorables obligatoria y opcionalmente. El carácter, de unos y de otros, se especifica a continuación:

De valoración obligatoria:

• Experiencia profesional.

• Actividad formativa, docente y investigadora.

En todos los casos indicativos de la actualización de los conocimientos y aptitudes precisas para el desempeño de la correspondiente especialidad.

De valoración opcional:

• Jefaturas y coordinación de unidades y equipos.

• Tutorías.

• Organización de formación.

• Participación en comités internos.

• Participación en proyectos institucionales.

1.2. Baremación del proyecto técnico relacionado con la gestión del Área (máximo 30 puntos).

El proyecto será presentado y defendido ante la Comisión de Evaluación en un acto público por la orden resultante de un sorteo. En el mismo acto, el/la aspirante defenderá la adecuación de su currículo profesional a las características del puesto de trabajo y el plan de objetivos fijados en el anexo I.

2. Dedicación exclusiva.

Se asignará al compromiso de dedicación exclusiva a la institución sanitaria durante el período de desempeño de la jefatura, una puntuación adicional de 40 puntos.