Yo, Belén Menéndez Medel, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de pieza de medidas cautelares 7/2020-0001 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Martín Manuel Medina Castro contra Óscar Pérez López, S.L., sobre despido, se ha dictado el Auto de 15 de enero de 2020, con el número 2/2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Se acuerda la adopción de la medida cautelar de eximir al demandante de acudir a prestar servicios, con mantenimiento de la obligación del empresario de abonar el salario y la cotización correspondiente, durante la tramitación de la causa principal, sin perjuicio de lo que pueda resolverse en la sentencia que recaiga en la misma.
Llévese testimonio de la presente resolución a los autos número 7/2020 de este juzgado, para su constancia a los efectos oportunos.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres (3) días.
Así lo acuerda, manda y firma.
La magistrada jueza |
La letrada de la Administración de justicia». |
Para que sirva de notificación en legal forma a Óscar Pérez López, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón de anuncios del juzgado.
Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 17 de enero de 2020
La letrada de la Administración de justicia