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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Lunes, 20 de enero de 2020 Pág. 2605

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Salamanca

EDICTO (PO 646/2019).

PO. Procedimiento ordinario 646/2019

Procedimiento de origen: sobre ordinario

Demandante: Rubén González Sánchez

Abogado: José Ignacio Risueño Fernández

Demandados: Lucía Tejedo Muíña, Miguel Ángel Simón Cabello, Geconsa Espj, Fogasa

Abogado/a: letrado/a de Fogasa

Yo, Manuel J. Marín Madrazo, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Salamanca, hago saber que en el procedimiento ordinario 646/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rubén González Sánchez contra Lucía Tejedo Muíña, Miguel Ángel Simón Cabello, Geconsa Espj y Fogasa, se han dictado la Sentencia de 29 de noviembre de 2019 y el Auto de 17 de diciembre de 2019, con los siguientes encabezamientos y fallo/parte dispositiva:

Sentencia nº 380/2019.

Salamanca, 29 de noviembre de 2019.

Vistos por la magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 2 de Salamanca, María Rosario Alonso Herrero, los presentes autos nº 646/2019, seguidos a instancia de Rubén González Sánchez, como demandante, representado por el letrado José Ignacio Risueño Fernández, contra Geconsa, entidad sin personalidad jurídica, Miguel Ángel Simón Cabello, Lucía Tejedo Muíña, no comparecidos en autos, y Fogasa, representado por el letrado Juan Carlos Sánchez García, como demandados, sobre reclamación de cantidad.

Fallo que, estimando parcialmente la demanda de reclamación de cantidad deducida por Rubén González Sánchez contra la empresa Geconsa, entidad sin personalidad jurídica, Lucía Tejedo Muíña, Miguel Ángel Simón Cabello y Fogasa, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente al actor la cantidad de cinco mil seiscientos seis euros con cuarenta y siete céntimos (5.606,47 €) más el interés del 10 % anual, con responsabilidad subsidiaria de Fogasa en los términos legalmente establecidos.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, que deberá ser presentado ante este juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación por comparecencia o por escrito.

Si la recurrente fuera la empresa demandada, deberá consignar el importe de la condena en el Banco Santander de esta capital, cuenta número 3704/0000/65/0646/19, presentando el resguardo en este juzgado en el momento del anuncio, y depositar la cantidad de 300 euros en la referida cuenta presentando el resguardo en este juzgado en el momento del anuncio, pudiendo sustituirse el primero de los depósitos mencionados por aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista, y debiendo efectuarse, en su caso, los depósitos separadamente y acreditarse por resguardos diferentes.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Auto:

Magistrada jueza: María Rosario Alonso Herrero.

Salamanca, 17 de diciembre de 2019.

Parte dispositiva:

Se desestima la solicitud de aclaración de sentencia formulada por el letrado José Ignacio Risueño Fernández en representación de Rubén González Sánchez.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso que, en su caso, proceda contra la sentencia.

Así lo acuerdo y firmo.

Para que sirva de notificación en legal forma a Lucía Tejedo Muíña, Miguel Ángel Simón Cabello y Geconsa Espj, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se les advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Salamanca, 19 de diciembre de 2019

El letrado de la Administración de justicia