Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Lunes, 20 de enero de 2020 Pág. 2621

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 9 de diciembre de 2019, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se da publicidad a una resolución por la que se modifica el acuerdo de concentración de la zona de Os Ánxeles-Calvente-Pasarelos-Marzoa II (Oroso-A Coruña) por cesión de fincas del fondo de tierras de dicha zona al Ayuntamiento de Oroso.

Con fecha 18 de octubre de 2019, la Dirección General de Desarrollo Rural adoptó la resolución que a continuación se cita:

«El acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Os Ánxeles-Calvente-Pasarelos- Marzoa II (Oroso-A Coruña) fue aprobado por la dirección general competente por razón de la materia con fecha de 19 de enero de 2012, publicado y notificado en la forma legalmente establecida, encontrádose en la actualidad pendiente de firmeza.

Con posterioridad a estos actos, el Ayuntamiento de Oroso solicitó la cesión de la titularidad de las fincas para los fines que se indican a continuación:

Finca nº 81: aprovechamiento y conservación del molino.

Finca nº 94: aprovechamiento y conservación del molino.

Finca nº 137: conservación de las medorras y restos arqueológicos.

Finca nº 210: aparcamiento del cementerio municipal.

Finca nº 232: conservación de los túmulos existentes.

Finca nº 234: servizo ao cemiterio municipal.

Finca nº 274: actuaciones de conservación y aprovechamiento de las riberas del río Samo.

Finca nº 279: actuaciones de conservación y aprovechamiento de las riberas del río Samo.

Finca nº 335: aprovechamiento y conservación del estanque y fuente.

Finca nº 491: aprovechamiento y conservación del molino.

Finca nº 495: aprovechamiento y conservación del arroyo.

Finca nº 497: aprovechamiento y conservación del arroyo.

Finca nº 534: punto de abastecimiento de agua o cargadero de madera.

Finca nº 540: conservación y restauración del molino.

Finca nº 573: aprovechamiento de cantera.

Finca nº 796-2: aparcamiento de la iglesia.

Finca nº 824: cargadero o acopio de madera.

Finca nº 855-2: construcción de un pozo de agua.

Finca nº 858: cargadero o acopio de madera.

Finca nº 871-1: cargadero o acopio de madera.

Finca nº 895: cortafuegos.

Finca nº 948: cargadero o acopio de madera.

Finca nº 994: cargadero o acopio de madera.

Finca nº 1005: aprovechamiento y conservación de la fuente pública.

Finca nº 1043: conservación del medio natural.

Finca nº 1065: actuaciones de conservación y aprovechamiento de la escuela unitaria.

Finca nº 1069: cargadero o acopio de madera.

Finca nº 1079: servicio de la escuela unitaria.

Finca nº 1085: área recreativa del río Maruzo.

Finca nº 1088: aprovechamiento y conservación del molino.

Finca nº 1108: actuaciones de conservación y aprovechamiento de las riberas del río Maruzo.

Finca nº 1113-2: cargadero o acopio de madera.

Finca nº 1198: aprovechamiento y conservación del molino.

Finca nº 1232: actuaciones de conservación y aprovechamiento de las riberas del río Tambre.

Finca nº 1248: aprovechamiento y conservación del pozo.

Finca nº 1301: actuaciones de conservación y aprovechamiento de las riberas del río Tambre.

Finca nº 1310: ampliación del área recreativa de Ponte Arderís.

Finca nº 1311: área recreativa de Ponte Arderís.

Vista la propuesta de la junta local de la zona, la Ley de reforma y desarrollo agrario, de 12 de enero de 1973, la disposición transitoria primera de la Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre; la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de mobilidad de tierras; la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y demás disposiciones vigentes de aplicación al caso.

A la vista de los destinos para los cuales se solicitan las referidas fincas, y respecto de los que son perfectamente subsumibles en el supuesto recogido en el artículo 32 de dicha Ley 10/1985, esta dirección general resuelve:

1. Modificar el acuerdo de concentración parcelaria de la zona de Os Ánxeles-Calvente-Pasarelos-Marzoa II (Oroso-A Coruña), y adjudicar al ayuntamiento de Oroso la titularidad de las fincas 81, 94, 137, 210, 232, 234, 274, 279, 335, 491, 495, 497, 534, 540, 573, 796-2, 824, 855-2, 858, 871-1, 895, 948, 994, 1005, 1043, 1065, 1069, 1079, 1085, 1088, 1108, 1113-2, 1198, 1232, 1248, 1301, 1310 y 1311 –que causan baja en el fondo de tierras de la zona– para ser destinadas a los fines que se recogen en la parte expositiva de esta resolución.

2. Transcurridos cinco años desde la cesión de las propiedades sin que las fincas fuesen destinadas a los fines para los que son adjudicadas, la titularidad de las referidas fincas revertirá sobre el fondo de tierras, el patrimonio de la Comunidad Autónoma, la Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Agader) u otra entidad que corresponda, según el caso.

3. Ordenar que a esta resolución se le dé la oportuna publicidad, sin perjuicio de su notificación al Ayuntamiento de Oroso».

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante la persona titular de la Consellería del Medio Rural, en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.

A Coruña, 9 de diciembre de 2019

Mónica López López
Jefa territorial de A Coruña