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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Miércoles, 15 de enero de 2020 Pág. 1842

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 13 de diciembre de 2019 por la que se extingue, de oficio, la autorización del centro privado Formega, de Ferrol, por cese de actividades docentes.

Mediante la Orden de 31 de julio de 2014 (DOG de 12 de agosto) se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado (CPR) Formega, de Ferrol (A Coruña), para impartir las enseñanzas de formación profesional del ciclo formativo de grado medio (CM) Soldadura y Calderería, del ciclo formativo de grado superior (CS) Construcciones Metálicas y del CS Educación y Control Ambiental.

La Dirección General de Centros y Recursos Humanos incoa el expediente de extinción de la autorización del centro docente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Extinción de la autorización

Extinguir, de oficio, por cese en sus actividades docentes, la autorización del centro privado Formega, de Ferrol, código 15032881, con efectos del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 2. Inscripción en el Registro de Centros

La extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 13 de diciembre de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional