La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, regula en su artículo 20 la forma de elección del rector y dispone que será nombrado por el órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
Por su parte, los estatutos de la Universidad de A Coruña, aprobados por el Decreto 101/2004, de 13 de mayo, modificados por el Decreto 194/2007, de 11 de octubre, disponen, en su artículo 35, que el rector será elegido por la comunidad universitaria y nombrado por la Xunta de Galicia.
Recibida en la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional certificación del secretario general de la Universidad de A Coruña en que consta que, realizadas las elecciones a rector el 4 de diciembre de 2019, Julio Ernesto Abalde Alonso consiguió el apoyo proporcional de más de la mitad de los votos válidamente emitidos, una vez hechas y aplicadas las ponderaciones correspondientes, y se ha realizado la proclamación definitiva como rector electo el 13 de diciembre de 2019.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, a instancia de la Universidad de A Coruña, a propuesta de la conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en reunión del día nueve de enero de dos mil veinte,
DISPONGO:
Artículo único. Nombrar rector magnífico de la Universidad de A Coruña al profesor doctor Julio Ernesto Abalde Alonso.
Santiago de Compostela, nueve de enero de dos mil veinte
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional