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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Viernes, 3 de enero de 2020 Pág. 254

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 166/2019, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Ribadumia de un tramo de 112 metros lineales de la carretera provincial EP-9506 Barrantes-Vilariño.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos das mismas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El 26.7. 2019, el Pleno de la corporación provincial de Pontevedra aprobó la propuesta de cambio de titularidad solicitada por el Ayuntamiento de Ribadumia en fecha 7.9.2011 de un tramo de 112 metros lineales de la carretera provincial EP-9506 Barrantes-Vilariño que coincide con la calle Condesa, la cual discurre por el núcleo urbano de Barrantes. Este tramo de carretera adquirió características netamente urbanas, con presencia de edificaciones consolidadas, zonas de aparcamiento y numerosos comercios a ambos márgenes del vial, el cual soporta un importante tránsito peatonal.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día doce de diciembre de dos mil diecinueve,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del ayuntamiento de Ribadumia de:

– Tramo de 112 metros lineales de la carretera provincial EP-9506 Barrantes-Vilariño.

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Ribadumia deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9,6 de la Lei 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre ayuntamiento y diputación.

Artículo 4

Le corresponderán al Ayuntamiento de Ribadumia, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, doce de diciembre de dos mil diecinueve

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad