Visto el expediente para autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Solicitante: Marcos Antonio Cupeiro Blanco.
Domicilio social: Xordo, 3, Santa María de Quintela. 27258 Castro de Rei (Lugo).
Denominación: línea 20 kV aérea/subterránea y centro de transformación 50 kVA Reigada, Quintela (Santa María).
Situación: ayuntamiento de Castro de Rei.
Características técnicas:
• Línea de media tensión aérea a 20 kV (LMT1) con origen en un apoyo de celosía proyectado por Begasa (expediente 2019-28 AT perteneciente a la línea Vilalba/DER. Bexán/Fontela/Pedralba, y final en el apoyo nº 1 tipo HV-250/11, en el cual se realiza un paso aéreo a subterráneo y se instala un seccionador XS, con una longitud de 9 metros en conductor tipo LA-56.
• Línea subterránea de media tensión a 20 kV con origen en el paso aéreo a subterráneo ejecutado en el apoyo nº 1 tipo HVH-250/11 y final en un paso aéreo a subterráneo ejecutado en el apoyo nº 2 tipo HVH-250/11, con una longitud de 82 metros en conductor tipo HRZ1-95 mm2.
• Línea de media tensión aérea a 20 kV (LMT2) con origen en el apoyo de hormigón nº 2 tipo HVH-250/11 y final en el apoyo nº 3 tipo HV-1600/11, en el cual se proyecta el CTI de 50 kWA, con un longitud de 5 metros en conductor tipo LA-56.
• Centro de transformación intemperie sobre apoyo de hormigón nº 3, con una potencia proyectada de 50 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.
• Línea de baja tensión subterránea, con origen en el cuadro de baja tensión del CT proyectado y final en la CXP del solicitante, con una longitud de 10 metros en conductor XZ1-150 mm2.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuanta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para a realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en su derecho.
Lugo, 4 de noviembre de 2019
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo