Yo, Eva Ortiz Suárez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 617/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Arlindo Manuel Costa Riveiro contra Carpim Instalaciones Modulares, S.C., Fogasa sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por Arlindo Manuel Costa Riveiro, contra la entidad Carpim Instalaciones Modulares, S.L., y, en consecuencia, debo declarar y declaro improcedente el despido que Arlindo Manuel Costa Riveiro ha sido objeto con efectos de 7 de junio de 2019, y debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, desde la fecha del despido (7 de junio de 2019), al cesar en su actividad la anterior entidad, condenando a la entidad Carpim Instalaciones Modulares, S.L., al abono de una indemnización por despido a razón de 2.565,17 €. Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.
Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Carpim Instalaciones Modulares, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 6 de noviembre de 2019
La letrada de la Administración de justicia